ORDENANZA Nº  1.197/14

Adopta Escudo de Trevelin y dispone la obligatoriedad del uso en todo documento, papelería, publicidad gráfica o audiovisual de la Municipalidad de Trevelin

VISTO:

                 La solicitud de la Secretaria de Turismo y Ambiente, en referencia a la utilización del escudo de Trevelin, Y

CONSIDERANDO:

Que, se observa en la documentación institucional de los organismos municipales el uso del Escudo de Trevelin

Que, según consta en el acta N° 555 de Concejo de Vecinos, el mismo es fruto de un concurso que se realizó entre el  mes de Abril y junio de  1957 y que los trabajos recepcionados  se expusieron el 9 de Julio del mismo año.

Que, en el acta N° 563 del Concejo de Vecinos consta que fueron jurados del mencionado concurso los señores: Luís Alberto Ariza, Richard LLewehyn,  Erik Gornik, Walter Cristiani, Luis Felman Josin y como presidente ofició el Sr. Julio A. Silvera.

Que, según se determina en el acta N° 566, el 11 de Julio de 1957, es aprobado el veredicto del Jurado, donde es premiado el seudónimo “El Campesino Pintor” que ostenta el  Sr. Oswaldo Thomas (Osvaldo Thomas).

Que, el Escudo es de forma elipse, cortado con filete de azul como bordura. Que ostenta en el campo superior sobre tapiz franjeado de azul celeste, plata y azul celeste un dragón galés color rojo, que representa a la Nación Argentina y a los pioneros inmigrantes. Y en el abismo del blasón un sol pleno de oro.

Que, en  el campo inferior, mantelado en punta presenta sobre el tapiz de sinople, en el cantón diestro las cabezas de un carnero de plata y un toro de sable y plata  y en el cantón diestro un ramo de 12 espigas doradas. Las cabezas del carnero, el toro y el ramo de espigas representan las riquezas productivas, la montaña con la cumbre nevada, los glaciares de la cordillera y los árboles sobre la pradera verde al pie del río simbolizan el valle y los bosques. La pira de la punta trae en el vértice un sexto de sol del abismo, dos zonas de azul celeste y debajo una montaña azul con zonas irregulares de  plata sobre  los dos tercios superiores, asentada sobre una faja de plata en primer plano seis arboles de sinople, tres de cada lado y dos pequeños en el centro, sobre tapiz de sinople en punta.

Que, el uso actual del  Escudo de Trevelin está identificando de manera consuetudinaria con  la identidad de la Municipalidad de Trevelin, haciendo el Departamento Ejecutivo Municipal uso del mismo en documentación oficial.

Que, Concejo considera necesario darle un sustento legal al uso del “Escudo de Trevelin”

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Adóptase como Escudo de Trevelin la imagen que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2°: Dispóngase la obligatoriedad del uso del Escudo de Trevelin establecido en el artículo 1º de la presente Ordenanza, en todo documento, papelería, publicidad gráfica o audiovisual de la Municipalidad de Trevelin.

Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal y a los familiares del Sr. Oswaldo Thomas (Osvaldo Thomas).

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

ANEXO I – ORDENANZA N° 1.197/14

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