Comunicaciones

COMUNICACIÓN N° 13/24

Manifestar preocupación por la compleja situación económica que atraviesa el Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico (CIEFAP)

VISTO:

                        La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 1139/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin.

CONSIDERANDO:

                                    Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionar las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                    Que el CIEFAP, es el primer centro de investigación inter-jurisdiccional, creado en 2014 por la ley Nacional N° 26.966 y ratificado por cinco leyes provinciales patagónicas.

Que, la nombrada institución busca promover la economía basada en el conocimiento aplicado a los recursos naturales renovables, potenciando modelos de desarrollo sostenible aplicado a zonas rurales de la Patagonia.

Que, entre sus principales objetivos se encuentran: potenciar el desarrollo de la bioenergía forestal y la eficiencia energética, fortalecer las capacitaciones en planificación estratégica del uso de la tierra y las capacidades de monitoreo de bosques en áreas protegidas, potenciar la restauración ecológica con fines productivos y de conservación de bosques nativos.

Que, uno de los miembros promotores del CIEFAP es la Provincia del Chubut, cuya Sede Central se encuentra a muy pocos kilómetros de nuestra localidad.

                                    Que, el trabajo realizado en CIEFAP reúne a diferentes universidades: Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, Universidad Nacional del Comahue, entre otras. 

Que, el actual Gobierno Nacional tomó como decisión no dar ejecución al presupuesto 2024, el cual había sido otorgado bajo la Resolución 14/23, celebrada el 28 de noviembre del 2023.

Que, la posición adoptada por parte del Gobierno Nacional afecta en su totalidad al funcionamiento natural de CIEFAP.

Que, el Gobierno provincial hasta el día de la fecha no ha dado respuestas concretas, para poder resolver el difícil momento que vive CIEFAP.

Que, se encuentra suspendida los ocho programas, que hasta el año pasado funcionaban correctamente. Ellos son: Gestión, planificación y política institucional; Fortalecimiento de la capacidad Institucional; Asistencia Técnica a Provincias; Asistencia técnica a Organismos Nacionales; Laboratorios; Carácter estratégico; Vinculación y Transferencia; Incubadora de Empresas de base tecnológica.

Que, la falta de ingresos a la institución perjudicó el pago mensual de servicios y los aportes a los trabajadores, y el contexto actual de CIEFAP mantiene en preocupación el pago salarial de los trabajadores de la nombrada institución.

Que, es fundamental que el Gobierno Provincial, y en particular que la Secretaria de Ciencia y Tecnología, de la Provincia del Chubut, realice las gestiones pertinentes para que el CIEFAP retome su funcionamiento en su totalidad.

                                    Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin y sus Parajes se expide de lo expuesto previamente a fin de sancionar la presente herramienta legislativa.

POR ELLO:

                                    El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

COMUNICACIÓN

Artículo: 1°: MANIFESTAR preocupación por la compleja situación económica que atraviesa el Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico (CIEFAP).

Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a las Autoridades del CIEFAP, al Secretario de Ciencia y Tecnología de la Provincia, Sr. Guillermo Defossé; al Gobernador de la Provincia del Chubut, Sr. Ignacio Torres, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y a todos los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia, para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.

COMUNICACIÓN N° 12/24

RECHAZAR EN TODOS SUS TÉRMINOS LA RESOLUCIÓN N° 267/2.024 DE LA SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 866/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Acta N° 12/24 del Libro de Actas de Comisiones Permanentes, Especiales y de Receso del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; Y

CONSIDERANDOS:

Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionar las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, la Resolución N° 267/2.024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación, le exige a las empresas proveedoras de bienes y servicios que no incluyan en sus facturas conceptos ajenos al bien o servicios contratados.

Que, la Resolución N° 267/2.024, en el artículo 1° especifica que: “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3°de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.

Que, la Resolución mencionada precedentemente en el artículo 2°, refiere que: “El incumplimiento a lo establecido en la presente resolución será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, y normas reglamentarias”.

Que, con esta medida, los municipios quedan impedidos de cobrar indirectamente tasas y otras contribuciones en las facturas emitidas por servicios de energía o similares.

Que, las políticas públicas que toma el Gobierno nacional, a fuerza de Decretos, Resoluciones y Leyes van en contra de gran parte de la sociedad argentina y que solo beneficia a un puñado de empresarios nacionales e internacionales.

Que, la Resolución N° 267/2.024, tiende a profundizar el centralismo, violando la autonomía de las Provincias y los Municipios, privándolas de recursos y dejándolas a merced de los caprichos que el gobierno central de turno se le ocurre.

Que, la Federación Chubutense de Bomberos Voluntarios, se encuentra en estado de alerta por la Resolución N° 267/2.024, la cual establece la eliminación de impuestos y tasas ajenas a la naturaleza del servicio contratado por los consumidores, lo que entendemos deja fuera también a las Tasas de Bomberos instrumentadas mediante Ordenanzas Municipales sobre las Concesiones de Servicios Públicos en el ámbito de sus jurisdicciones.

Que, la Resolución N° 267/2.024 no sólo afecta al método de financiamiento y recaudación de una institución vital para nuestra comunidad como lo es la Asociación de Bomberos Voluntarios de Trevelin, sino también otras instituciones que, en definitiva, se encargan de ayudar a que en Trevelin tengamos cada día un mejor estilo de vida.

Que, otra de las instituciones gravemente afectadas por esta Resolución es la Cooperadora del Hospital Rural de Trevelin, institución que históricamente ha acompañado con la administración del aporte de todos los vecinos y vecinas de nuestro pueblo para el bien común, logrando adquirir un sinfín de instrumental, herramientas, aportes para arreglos varios, compra de insumos, entre otros. La reciente compra de un digitalizador de la máquina de Rayos X para el hospital, da cuenta reciente de lo que el aporte colectivo puede lograr en nuestra comunidad.

Que, como se mencionó previamente, otra institución afectada sería la Biblioteca Popular Perito Francisco Pascasio Moreno que percibe de forma voluntaria por parte de cada usuario una cuota social, siendo la boleta de la Cooperativa 16 de Octubre uno de los métodos menos onerosos y cómodos para la institución que promueve el buen hábito de la lectura y todas las actividades culturales que de ello se desprenden.

Que, a su vez, el sistema de recolección de residuos municipal también se realiza a través del cobro de la boleta de la Cooperativa 16 de Octubre de forma efectiva y eficiente, poniendo en riesgo el financiamiento constante y mantenido de ése servicio que la Municipalidad de Trevelin brinda de forma directa sin tercerizaciones.

Que, resulta de vital importancia que el Gobierno de la Provincia del Chubut no adhiera a la medida adoptada por el Gobierno de Javier Milei, a través de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente Comunicación.

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:                            

COMUNICACIÓN

Artículo 1°: RECHAZAR en todos sus términos la Resolución N° 267/2.024 de la Secretaria de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación.

Artículo 2°: INVITAR a los Honorables Concejos Deliberantes y Municipio de la provincia del Chubut a manifestarse en rechazo a la Resolución N° 267/2.024 de la Secretaria de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación.

Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Honorable Legislatura del Chubut, al Gobierno de la Provincia del Chubut, a la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación; a los Honorables Concejos Deliberante de la Provincia del Chubut, a la Federación Chubutense de Bomberos Voluntarios, a la Cooperadora del Hospital de Trevelin, a la Biblioteca Popular “Perito Francisco Pascasio Moreno”, y a la Cooperativa 16 de Octubre  para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

COMUNICACIÓN N° 11/24

Repudiar en todos sus términos
los dichos de reivindicación de la Dictadura Cívico-Militar de 1976 en
Argentina, realizados por la Vicepresidenta de la Nación, Victoria Villarruel
en el Senado de la Nación el 28 de agosto de 2.024 en el marco del día de las
víctimas de terrorismo

VISTO:

                        La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; el Acta N° 11/24 del Libro de Actas de Comisiones Permanentes, Especiales y de Receso del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; Y

CONSIDERANDO:

                              Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionar las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                              Que, en Argentina aún lloramos la ausencia de 30.000 personas, víctimas del terrorismo de Estado perpetrado por el Gobierno Militar de la Junta Militar en 1.976, con amplio apoyos clave dentro de la sociedad civil; habiendo condenado al Pueblo Argentino a años de dictadura, opresión, violencia política en todos sus ámbitos y el dolor de las personas desaparecidas.

                              Que, Argentina fue reconocido internacionalmente por las políticas de Derechos Humanos a partir del retorno en la Democracia, primero con el informe de la CONADEP, luego con del juicio a la Junta Militar, como así también por la derogación de las Leyes de Punto Final y Obediencia Debida, la cual posibilitó llevar a juicio a muchos genocidas, participes claves en el tormento, tortura, persecución y desaparición de personas en nuestro país.

                              Que, no podemos permitir como funcionarios públicos y gente de bien que desde las instituciones más importantes de nuestra Nación se reivindique a los torturadores, asesinos y genocidas, tanto militares como civiles, que conformaron y llevaron adelante el Terrorismo de Estado en los 70’s.

                              Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto previamente a fin de sancionar la presente herramienta legislativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:

COMUNICACIÓN

Artículo 1º: REPUDIAR en todos sus términos los dichos de reivindicación de la Dictadura Cívico-Militar de 1976 en Argentina, realizados por la Vicepresidenta de la Nación, Victoria Eugenia Villarruel en el Senado de la Nación el 28 de agosto de 2.024 en el marco del día de las víctimas de terrorismo.

Artículo 2º: ELEVAR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, al Senado de la Nación Argentina, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, al Gobernador de la Provincia del Chubut, Ignacio Torres, y los Honorables Concejos Deliberante de la Provincia del Chubut para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.

COMUNICAIÓN N° 10/24

Comunicar la imperiosa necesidad de la construcción de una escuela pública de nivel secundario y Manifestar la preocupación por la falta de vacantes para el ciclo lectivo 2.025

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 799/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Legislación General N° 304/24; Y

CONSIDERANDO:

                              Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionar las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                              Que, mediante Nota N° 779/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante se solicita emitir una comunicación para informarle a la comunidad en general y a las autoridades pertinentes, la situación actual del nivel secundario ante la falta de espacios para el dictado de clases y manifestar la necesidad de la construcción urgente de una escuela de nivel secundario en la localidad de Trevelin.

                              Que, en la localidad de Trevelin y sus Parajes son tres establecimientos educativos de nivel secundario público: Escuela N° 705 “Néstor González Salvatierra”, Escuela N° 740 EMETA y Escuela N° 7724 de Aldea Escolar “Los Rápidos”.

                              Que, ante la superación de la capacidad máxima en las escuelas de nivel secundario público en Trevelin y sus Parajes.

                              Que, ante la culminación del ciclo lectivo de sexto grado de las escuelas de nivel primario de Trevelin y sus Parajes y la inminente falta de vacantes para cubrir la necesidad de los nuevos integrantes a primer año del nivel secundario.

                              Que, es necesario Comunicar la imperiosa necesidad de la construcción de una escuela de nivel secundario público y Manifestar la preocupación por la falta de vacantes para el ciclo lectivo 2.025.                        

                    Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto previamente a fin de sancionar la presente herramienta legislativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:

COMUNICACIÓN

Artículo 1º: COMUNICAR la imperiosa necesidad de la construcción de una escuela pública de nivel secundario en la localidad de Trevelin y MANIFESTAR la preocupación por la falta de vacantes para el ciclo lectivo 2.025.

Artículo 2º: ELEVAR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, al Gobierno de la Provincia del Chubut, al Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut; y los Honorables Concejos Deliberante de la Provincia del Chubut para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.

COMUNICACIÓN N° 03/24 

Rechazar la quita del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) y solicitud de apertura de paritarias nacional

VISTO:

                        La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Resolución del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin N° 50/23; la Nota N° 216/24 ingresada al HCD; y el Despacho de Comisión de Receso N° 12/24 Y,

CONSIDERANDO:

                                               Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                               Que, mediante Art. N° 86° de la Resolución N° 50/23, se presentará en forma de proyectos de Comunicación toda proposición destinada a contestar, recomendar, pedir o expresar un deseo o aspiración del Cuerpo. En esta forma se presentará todo pedido de informes dirigido al Departamento Ejecutivo

                                               Que, mediante Nota N° 216/24, de la Asociación Trabajadores de la Educación de Chubut (ATECH) que solicita se expida respecto a la grave situación que atraviesa el sector docente que impacta negativamente en los derechos educativos.

                                               Que, mediante el despacho de Comisión de Receso n° 12/24 del HCD, se resolvió emitir una comunicación manifestando el rechazo a la decisión del Gobierno Nacional de no prorrogar el Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), de forma intempestiva y sin compensación hacia las provincias.

                                           Que, es necesario apoyar el reclamo iniciado por el Gobierno Provincial.

                                           Que, es primordial manifestar la preocupación por la situación salarial que atraviesa el sector docente y solicitar al Gobierno Nacional la apertura de paritarias nacionales de forma urgente.

POR ELLO:

                                   El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

COMUNICACIÓN

Artículo 1°: RECHAZAR la medida adoptada por el Gobierno Nacional de no prorrogar el Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), el cual afecta los ingresos de los docentes.

Artículo 2°: MANIFESTAR el acompañamiento a todos los docentes de Trevelin y de la provincia del Chubut, ante la pérdida del poder adquisitivo por efecto de la inflación y de las medidas tomadas por el Gobierno Nacional.

Artículo 3°: ACOMPAÑAR el reclamo que inició el Gobierno Provincial, a favor del sector docente.

Artículo 4°: INSTAR al Gobierno Nacional a convocar a paritarias nacionales docentes de manera urgente.

Artículo 5°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia del Chubut, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y a Asociación Trabajadores de la Educación de Chubut.

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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