ORDENANZA Nº  1.161/13

“Exceptúa por única vez de lo establecido, en el Cap. VII Sec.1, Subsec.5 de la Ord. Nº 853/09 (P.D.T. –Sup. Mínima) de parcela en proyecto de mensura particular con fraccionamiento de la Mza.15, S.3, C.1, E.38”

VISTO:

                La Ordenanza Nº 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial), la solicitud del Sr. Diego Panelo apoderado del Sr. Fernando Daniel Moscoso, Y                              

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza Nº 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial), en el Capítulo VII, Sec.1, Subsec.5 establece las condiciones particulares para la Zona de Barrios Parque, instaurando que los parcelamientos en dicha zona deberán tener una superficie mínima de 600 my un lado mínimo de 15 mts.

Que, el Sr. presentó ante la Municipalidad en enero de 2009 un proyecto de mensura particular con fraccionamiento de la Manzana: 15, Sector: 3, Circunscripción: 1, Ejido: 38,

Que, dicho fraccionamiento no pudo concluir con los pasos administrativos pertinentes porque no se podía proveer del servicio de agua potable por falta de factibilidad.

Que, actualmente esta situación se revertiría con las obras de infraestructura realizadas.

Que, el proyecto de mensura particular con fraccionamiento propone catorce (14) parcelas, que por haber sido realizado previo a la sanción Ordenanza Nº 853/09, diez (10) de ellas no cumplen con la superficie mínima establecida.

Que, este Concejo ha analizado la situación

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exceptúese por única vez de lo establecido, en el Capítulo VII Sec.1, Subsec.5 de la Ordenanza Nº 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial), con respecto a la superficie mínima de parcela en proyecto de mensura particular con fraccionamiento de la Manzana: 15, Sector: 3, Circunscripción: 1, Ejido: 38 que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2º: El propietario deberá regularizar los planos ante la Secretaría de Obras  Públicas  y Planeamiento.

Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese

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