Aprobar Actualización del Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 2.236/23; la Nota N° 766/25 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Legislación General N° 300/25; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, en el Artículo 27º establece que: La Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” contará con un Reglamento Interno, en donde constarán las pautas de funcionamiento, convivencia y logística propios de la actividad ferial cotidiana, que será redactado en los términos establecidos en el Anexo IV de la Presente Ordenanza.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, en el ANEXO IV, inciso 1.5 establece que: El Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” deberá ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante de Trevelin mediante el instrumento administrativo y legal pertinente.
Que, mediante la Nota N° 766/25, la Presidenta de la Comisión Organizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, Norma Ñancuán ingresa para su aprobación el Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” redactado por dicha Comisión, el cual como ANEXO I forma parte de la presente.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: APROBAR actualización del Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, en todos sus términos como lo establece el artículo 27° y ANEXO IV, inciso 1.5 de la Ordenanza Municipal N° 2.236/23, el cual como ANEXO I forma parte de la presente.
Artículo 2º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” y a la Comisión Organizadora de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y, Cumplido, Archívese.
HOJA 1/3
ANEXO I
Aprobar Actualización del Reglamento Interno de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”
FERIA DE ARTESANOS ALFARERO FERNANDO GARRRALDA
- Reglamento. Este es el nuevo reglamento interno conforme a los puntos requeridos en la ordenanza 2.236/23 que establece las pautas de funcionamiento general para todos los participantes de la feria.
- Cada feriante deberá conocer, dar a conocer, cumplir y respetar en todos los términos, lo establecido por el presente Reglamento Interno y por la Ordenanza que regula la actividad ferial de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”.
- Cada feriante deberá mantener el respeto hacia el público, hacia otros feriantes, hacia la/los miembros que conforman la Comisión Organizadora y la Comisión Fiscalizadora. No se permite ningún acto de violencia, sea física o verbal en el ámbito de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda”.
- Todas las situaciones que afecten el desenvolvimiento respetuoso y armonioso de las jornadas feriales en ámbitos vinculados a la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” (redes sociales y medios de comunicación incluidos), deberán ser remitidos al la comisión Organizadora y/o a la Comisión Fiscalizadora, quienes labrarán el acta correspondiente y, en conjunto y bajo su criterio, decidirán la sanción a aplicar, que podrá ser desde una amonestación, hasta la suspensión de participación en las siguientes jornadas feriales, según el grado de gravedad de la falta o la reincidencia. Para casos muy graves en los que se considere que se requiere la expulsión del feriantes, el Honorable Concejo Deliberante será quien apruebe o no la sanción solicitada mediante el instrumento administrativo y legal pertinente.
- Medios de comunicación: el medio de comunicación interno que se utilizará es el grupo de Whatsapp oficial creado para tal fin por la comisión organizadora. Sólo los titulares formarán parte del grupo.
- Pautas básicas respecto a la decoración de los puestos: para todos los feriantes será obligatorio el uso de techo y faldón (preferentemente hasta el piso y de colores claros), laterales opcionales.
Para los feriantes gastronómicos será obligatorio cubrir la totalidad del puesto así como utilizar colores claros.
- Metodología implementada para el préstamo y utilización de tablas y caballetes: en cada jornada ferial habrá disponible 2 caballetes y 1 tabla para cada feriante, los cuales estarán dispuestos para retirar por cada feriante al comienzo de la jornada y será obligatorio devolver al mismo lugar de donde se retiró al finalizar la jornada.
Cada feriante es responsable del cuidado de los elementos provistos.
HOJA 2/3
ANEXO I
- Metodología y horarios límites para el pago del canon: el pago se efectuará al encargado de armar los puestos o a la persona designada por la comisión para dicha tarea, con el horario límite de 17:30 hs. Si el feriante se retira antes, es obligación abonar a algún miembro de la comisión antes de irse, caso contrario será sancionado.
- Horarios y días en los que funcionará la feria:
- Temporada alta (comprendida entre el 01 de octubre hasta el 15 de marzo del año siguiente): miércoles, viernes, sábados, domingos y feriados nacionales de 14 a 22 hs.
- Temporada baja (comprendida entre el 16 de marzo y el 30 de septiembre): sábados y domingos de 14 a 19:30 hs.
No hay disponible luz eléctrica en la plaza, quedando sujeto a luz solar o quien lo desee puede llevar luces a batería.
- Horario de llegada y armado durante las jornadas feriales, tanto para quienes tienen puesto fijo asignado, como para quienes no lo tienen:
Temporada alta: horario de armado de 13 a 16 hs.
Temporada baja: horario de armado de 13 a 15 hs.
Una vez pasado el horario límite de armado, la comisión podrá disponer de los espacios vacantes.
- Metodología de asignación de los puestos libres en temporada alta ferial para todos los feriantes: los puestos libres se reconocerán con un cartel verde, dichos espacios podrán ser ocupados por cualquier feriante que no cuente con puesto fijo asignado.
- Metodología de asignación de los puestos libres en temporada baja ferial para todos los feriantes: Si para la jornada hubiera hasta 9 inscriptos se armará por orden de llegada, de 10 en adelante respetando los puestos fijos.
De igual manera todos los feriantes que no cuenten con puesto fijo asignado podrán armar en los espacios con cartel verde.
- Mínimo de puestos que se requerirán para el funcionamiento de la feria en cada una de las temporadas: en ambas temporadas el mínimo será de 1 puesto.
- Mínimo de puestos confirmados que se requerirán para la prestación del servicio de armado de las estructuras de los puestos en cada una de las temporadas: en ambas temporadas el mínimo será 1 puesto.
HOJA 3/3
ANEXO I
- Metodología para la confirmación de asistencia para cada jornada ferial: cada jornada ferial se realizará una convocatoria por el grupo de whatsapp de 9 a 12 hs.
Quienes se hayan anotado y por algún motivo no puedan asistir deberán avisar en el mismo grupo antes de las 12 hs. Caso contrario deberán abonar el canon la próxima jornada ferial.
- No está permitido reservar puestos libres a otros feriantes.
- El titular del puesto será sancionado en el caso que se incumpla el anexo IV 1,4 b por familiares, amigos o allegados.
- No está permitido asistir con mascotas.