Ratificar en todos sus términos el Contrato de Comodato celebrado entre la Municipalidad de Trevelin y la Empresa ECOPHI S.A.S. CUIT 30-71709239-9
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 2.086/23; la Nota N° 816/23 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 365/23; Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, establece que la administración de tierras fiscales es competencia del Honorable Concejo Deliberante.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.086/23, declara “Parque Industrial Municipal” al sector comprendido por los lotes identificados catastralmente como Ejido 38, Circunscripción 1, Sector 4, Manzana 5, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10.
Que, mediante la Nota N° 816/23 del HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva a este Honorable Concejo Deliberante el Contrato de Comodato celebrado entre la Municipalidad de Trevelin y la Empresa ECOPHI S.A.S. sobre la fracción identificada como Parcela 8b, Macizo 5, Sector 4, Circunscripción 1, Ejido 38, con una Sup. de 656,25 M2, con 12,50 M. de frente sobre calle Coirón y 52,50 M. de fondo, ubicada en el Parque Industrial Municipal.
Que, el nuevo Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Trevelin y la Empresa ECOPHI S.A.S. surge de la necesidad de parte de la Empresa de ampliar la superficie del lote obtenido a través del Contrato de Comodato ratificado por este HCD a través de la Ordenanza N° 2.131/23, anexando al lote ya otorgado la fracción identificada catastralmente como Parcela 8b, Macizo 5, Sector 4, Circunscripción 1, Ejido 38.
Que, es política de la Gestión Municipal de Trevelin y sus Parajes acompañar el desarrollo productivo y turístico de nuestra localidad, facilitando todas las herramientas que, desde el Estado Municipal se pueda facilitar y toda aquella gestión ante instancias superiores; haciendo foco en el desarrollo y la promoción de la utilización del Parque Industrial Municipal para la creación de puestos de trabajo y mayores ingresos para nuestra localidad.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos el contrato de Comodato celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la Empresa ECOPHI S.A.S., CUIT 30-71709239-9, el día 20 de octubre de 2.023, el cual, como ANEXO I, es parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y la Empresa ECOPHI S.A.S., para su conocimiento y efectos correspondientes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
ANEXO I – ORDENANZA MUNICIPAL N° 2.224/23



