ORDENANZA Nº 1.939/21

VISTO:

                     La Ley XVI N° 46; la Nota Ingresada N° 688/21; el Convenio 1625 suscripto entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin, para el adoquinado de la Avda. Fontana, entre John Daniel Evans y Guillermo Brown. Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin se ha celebrado un Convenio para el adoquinado de la Avda. Fontana, entre John Daniel Evans y Guillermo Brown, de 4.011 metros cuadrados, y 590 metros lineales de cordón cuneta.

Que, el Convenio de referencia, ha sido celebrado entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo Ingram y la Presidenta de la Administración de Vialidad Provincial, Ing. Cynthia Gélvez Larcher, el día 23 de abril de 2021, en Trevelin.

Que mediante Nota de  Ingreso N° 688/21, el Sr. Intendente eleva el citado Convenio al Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento y ratificación.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                                 El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1° RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio 1625, para el adoquinado de la Avda. Fontana, entre John Daniel Evans y Guillermo Brown, suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL, representada por su Presidenta, Ing. Cynthia GÉLVEZ LARCHER y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, representada por el Sr. Héctor Ricardo INGRAM, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y efectos correspondientes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.939/21. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 23 de septiembre de 2021, en la XI Sesión Ordinaria del año 2021. Registrada bajo Acta N° 15/21.

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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