ORDENANZA Nº 1.873/21

VISTO:

                 La Ley XVI N° 46, las Notas Ingresadas N° 303/20, N° 335/20 y N° 49/21 del Departamento Ejecutivo Municipal, solicitando autorización para la venta de vehículos de la flota municipal; la Ordenanza N° 1824/20. Y,

CONSIDERANDO

Que, la Ley XVI N° 46, de Corporaciones Municipales, Art. 53°, establece que “Corresponde al Concejo autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal

Que, la misma Ley, Art. 88, expresa que “Los bienes muebles, frutos o productos de la Corporación Municipal, serán expendidos al público mediante previa fijación de precio o por subasta pública”

Que, en su Art. 105°, la Ley de Corporaciones Municipales determina que “El patrimonio municipal estará constituido por los bienes inmuebles, muebles, semovientes, créditos, títulos y acciones, adquiridos o financiados con fondos municipales, las donaciones y legados aceptados y las tierras fiscales comprendidas dentro de la jurisdicción municipal. Asumirá asimismo, la posesión precaria de los terrenos de propietarios desconocidos”

Que, los automotores, cuyo detalle consta en la Nota Ingresada N° 303/20, son patrimonio de la Municipalidad de Trevelin, según los Títulos del Automotor que acompañan la Nota Ingresada N° 335/20.

Que, mediante Nota Ingresada N° 303/20, se deja expresa manifestación del fin último de las transacciones que genere la presente.

Que, por Ordenanza N° 1824/20 se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a vender en subasta pública dieciséis (16) Vehículos propiedad de la Municipalidad de Trevelin.

Que, el día 17 de diciembre de 2020, a las 18 horas, se llevó a cabo dicha subasta en el Polideportivo Municipal.

Que, según nota N° 49/21 del HCD en el mencionado acto público se subastaron un total de siete (7)  vehículos, quedando un remanente de nueve (9).

Que, es necesario darle continuidad a la venta de tales bienes muebles a fin de satisfacer la demanda de renovación del parque automotor de la Corporación Municipal.

Que, no existiendo impedimento legal alguno para efectuar la venta directa de Bienes Muebles propiedad de la Corporación Municipal es que se procede a utilizar este mecanismo de enajenación de los vehículos remanente de la subasta descripta anteriormente.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa

POR ELLO:

                   El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente

ORDENANZA

Artículo 1°: AUTORÍZASE al Sr. Intendente Municipal de Trevelin a vender mediante Oferta Pública los automotores propiedad de la Municipalidad de Trevelin, los que se detallan en el ANEXO I, integrante de la presente.   

Artículo 2°: OFERTANTE: Puede ser comprador cualquier ciudadano, exceptuados los que determine la LEY I  Nº 231 (Antes Ley 4816)   de Ética De La Función Pública.

Artículo 3°: CONDICIONES. Los adquirentes podrán usufructuar hasta cuatro (4) cuotas el pago total del automotor adquirido, teniendo a su cargo los gastos y la obligación de realizar la  transferencia dominial ante el Registro de Propiedad del Automotor correspondiente en un plazo no mayor a treinta (30) días de realizada la compra.

Artículo 4°: DISPÓNGASE que los automotores se venden en el estado en el que se encuentren, debiendo los interesados tomar vista de los mismos, con anterioridad a la Oferta. Una vez conocido su estado, o desinteresándose de conocerlo, no tendrá derecho a reclamo alguno, ni por vicios ocultos o ningún otro. 

Artículo 5º: OFERTA PÚBLICA. La venta adoptará la modalidad de entrega de la oferta de intención de adquisición del o los automotores en sobre cerrado. Este sobre contendrá la denominación del vehículo, detallándose Marca, Dominio y Modelo, además del monto ofertado y la modalidad de pago, sea total o parcializado hasta en cuatro (4) cuotas.

El Departamento Ejecutivo Municipal será el encargado de dar a publicidad, recibir los sobres cerrados, los que serán ingresados formalmente con número de registro. Fijar día y hora de la apertura de sobres a través de medios de difusión que considere pertinentes.

El día de la apertura de sobres el escribano dará lectura de los bienes, las condiciones de venta, con presencia de público y del Secretario de Gobierno o los funcionarios que designe el Departamento Ejecutivo Municipal.

De quedar desierta la oferta para alguno de los vehículos, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá convocar hasta tres (3) veces la Oferta Pública en el plazo de 2 años a contar de la publicación de la presente Ordenanza; también podrá dejar sin efecto la misma.

Artículo 6°: DESTÍNANSE los fondos para la renovación del parque automotor de la Corporación Municipal.

Artículo 8º: ELÉVESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento e implementación.

Artículo 9°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

ANEXO I

MARCAS DOMINIO MODELO
FORD RANGER XL 3.0 HRB 823 2009
FORD FOCUS LN 2.0 HRB 821 2009
VOLKSWGEN SAVEIRO CL 1.6 ENO 997 2004
VOLKSWGEN SAVEIRO CL 1.6 ENO 996 2004
CAMIÓN FIAT IVECO (Recolector compactador) DIZ 300 2000
CHEVROLET CORSA CLASICC IJH582 2011
FIAT IVECO DAILY (Transporte de pasajeros) LCH 345 2012
VOLKSWAGEN CADDY FURGON FNB 429 2006
FIAT IVECO DAILY DZD 342 2002

Ordenanza N° 1.873/21. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en la I Sesión Extraordinaria del año 2021, el día 09 de febrero del año 2021. Registrada bajo Acta N° 01/21.

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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