VISTO:
La Ley XVI N° 46; el Convenio Específico N° 01556 “Adoquinado de Av. Cnel. Fontana entre 28 de Julio y Brown” celebrado entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin; la Nota N° 853/20, registrada en el HCD. Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la misma Ley XVI N° 46, Artículo 44°, determina la correspondencia, del Honorable Concejo Deliberante, en la aprobación de Convenios.
Que, entre la Administración de Vialidad Provincial y la Municipalidad de Trevelin se ha celebrado el Convenio Específico N° 01556 para el “Adoquinado de Av. Cnel. Fontana entre 28 de Julio y Brown”.
Que, el Convenio de referencia, ha sido celebrado entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo Ingram y la Administración de Vialidad Provincial, representada por el Presidente de dicha Administración, Ing. Nicolás Cittadini.
Que, mediante Nota N° 853/20, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva el citado Convenio al HCD, para su ratificación.
Que, resulta necesario dar cumplimiento a la aprobación del Convenio suscripto, por parte del Cuerpo Deliberativo del Honorable Concejo Deliberante.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1° RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio Específico N° 01556 “Adoquinado de Av. Cnel. Fontana entre 28 de Julio y Brown”, suscripto por el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo Ingram y Presidente de la Administración de Vialidad Provincial, Ing. Nicolás Cittadini, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.863/21. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en la I Sesión Extraordinaria del año 2021, el día 09 de febrero del año 2021. Registrada bajo Acta N° 01/21.
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