VISTO:
La Ley XVI N° 46, y el Convenio Marco de Colaboración Académica entre la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco y la Municipalidad de Trevelin; la Nota N° 487/20, registrada en el HCD. Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la misma Ley XVI N° 46, Artículo 44°, determina la correspondencia, del Honorable Concejo Deliberante, en la aprobación de Convenios.
Que, entre la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco y la Municipalidad de Trevelin se ha celebrado un Convenio Marco de Colaboración Académica.
Que, el Convenio de referencia, ha sido celebrado entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo Ingram y Rector de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, Dr. Carlos Manuel de Marziani.
Que, mediante Nota N° 487/20, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva el citado Convenio al HCD, para su aprobación.
Que, resulta necesario dar cumplimiento a la aprobación del Convenio suscripto, por parte del Cuerpo Deliberativo del Honorable Concejo Deliberante.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1° RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio Marco de Colaboración Académica, suscripto entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo Ingram y el Rector de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, Dr. Carlos Manuel de Marziani, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación, y a la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco para los efectos correspondientes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.849/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 03 de diciembre de 2020, en la XIV Sesión Ordinaria del año 2020. Registrada bajo Acta N° 18/20.
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