ORDENANZA Nº 1.842/20

VISTO:

                   La Ley XVI N° 46, y el Convenio de Mutua Cooperación, entre el Instituto Provincial del Agua y la Municipalidad de Trevelin; la Nota N° 740/20, registrada en el HCD. Y, 

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, la misma Ley XVI N° 46, Artículo 44°, determina la correspondencia, del Honorable Concejo Deliberante, en la aprobación de Convenios.

Que, entre el Instituto Provincial del Agua (IPA) y la Municipalidad de Trevelin se ha celebrado un Convenio de Mutua Cooperación.

Que, el Convenio de referencia, ha sido celebrado entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo Ingram y el Administrador de Recurso Hídricos del Instituto Provincial del Agua, Sr. Gerardo Bulacios. 

Que, mediante Nota N° 740/20, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva el citado Convenio al HCD, para su aprobación.

Que, resulta necesario dar cumplimiento a la aprobación del Convenio suscripto, por parte del Cuerpo Deliberativo del Honorable Concejo Deliberante.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                                 El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1° RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio de Mutua Cooperación, suscripto entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo Ingram y el Administrador de Recurso Hídricos del Instituto Provincial del Agua, Sr. Gerardo Bulacios, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación y al Instituto Provincial del Agua (IPA) para los efectos correspondientes.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.842/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 03 de diciembre de 2020, en la XIV Sesión Ordinaria del año 2020. Registrada bajo Acta N° 18/20

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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