ORDENANZA Nº 1.751/19

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas Municipales N° 1.053/12, N° 1.189/14, N° 1.341/15 y N° 1.500/16, el Dictamen emitido por la Comisión de LEGISLACIÓN GENERAL registrado a  Fs. 85/19, la misiva registrada bajo Nota de Ingreso Nº 623/2019 HCD, y la necesidad de instrumentar y otorgar procedencia formal favorable a la solicitud efectuada por PREFECTURA NAVAL ARGENTINA por el intermedio del Departamento Ejecutivo Municipal, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, determina que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, mediante Ordenanza Nº 1.053/12 se le transfiere en comodato a la Administración de Prefectura Naval Argentina, por el término de cincuenta (50) años, el inmueble identificado catastralmente como Lote C, Macizo 96.

Que, el Artículo 5° de la Ordenanza N° 1.053/12 establece que la Administración de Prefectura Naval Argentina contará con un plazo de dieciocho (18) meses, desde la promulgación de la misma, para la construcción del edificio.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 1.189/14 se realizó una prórroga por el término de dos (2) años a lo estipulado en el Artículo 5° de la Ordenanza N° 1.053/12.

Que, mediante Ordenanza N° 1.341/15 se realiza una redistribución y una nueva Mensura de la Parcela cedida.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 1.500/16 se realizó una prórroga por el término de dos (2) años a lo estipulado en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1.189/14.

Que, mediante misiva registrada bajo Nota de Ingreso Nº 623/2019 HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal remite la solicitud de Prefectura Naval Argentina, ingresada en la Municipalidad de Trevelin mediante Nota N° 1355/2019 DEM, por la cual solicita prórroga a lo normado en la Ordenanza Municipal N° 1.500/16.

Que, mediante Dictamen emitido por la Comisión de LEGISLACIÓN GENERAL registrado a Fs. 85/19, se ha resuelto otorgar factibilidad al petitorio efectuado bajo Nota de Ingreso Nº 623/2019 HCD.

Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                             El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: PRORRÓGASE por el término de dos (2) años, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, de lo establecido en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1.500/16.

Artículo 2º: Establécese que la Administración de Prefectura Naval Argentina deberá cumplir con lo estipulado en la Ordenanza Municipal Nº 1.695/19 en el inmueble transferido.

Artículo 3º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.751/19. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 29 de Noviembre de 2.019, en la XVII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 17/19.————–

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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