ORDENANZA Nº 1.730/19

VISTO:

                    La Ley Provincial XVI N° 46, la Ley Provincial XI N° 35, la Ley Provincial XI N° 16 (Antes Ley 4073), los Decretos Reglamentarios N° 2139/03 y N° 1066/2016, la Ordenanza Municipal N° 466/04, la misiva registrada bajo N° 90/19 DEM (05/02/2019), remitida al Departamento Ejecutivo Municipal por la Subsecretaría de Agricultura del Ministerio de la Producción de la Provincia del Chubut, y la misiva registrada bajo N° 204/19 HCD (02/05/2019), remitida por la Secretaría de Producción y Ambiente de la Municipalidad de Trevelin, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI Nº 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, mediante Ley Provincial XI N° 35, la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut sanciona el Código Ambiental de la Provincia, el cual determina en el Artículo 1°, que el mismo tiene por objeto la preservación, conservación, defensa y mejoramiento del ambiente de la Provincia, estableciendo los principios rectores del desarrollo sustentable y propiciando las acciones a los fines de asegurar la dinámica de los ecosistemas existentes, la óptima calidad del ambiente, el sostenimiento de la diversidad biológica y los recursos escénicos para sus habitantes y las generaciones futuras.

Que, mediante Ley Provincial XI N° 16 (Antes Ley 4073), la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut regula todas las acciones relacionadas con biocidas y agroquímicos, a fin de asegurar que se utilicen eficazmente, para proteger la salud humana, animal y vegetal y mejorar la producción agropecuaria, reduciendo sus riesgos para los seres vivos y el ambiente.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 466/04, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin adhiere en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 4.073 y su decreto reglamentario Nº 2139/03, referido a la REGULACIÓN DE LAS ACCIONES RELACIONADAS CON BIOCIDAS Y AGROQUÍMICOS.

Que, mediante Decreto Reglamentario N° 1066/2016 el GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT decreta dejar sin efecto el Decreto N° 2139/03 y aprueba la reglamentación de la Ley XI N° 16.

Que, mediante misiva registrada bajo N° 90/19 DEM (05/02/2019), la Dirección de Sanidad Vegetal perteneciente a la Subsecretaría de Agricultura del Ministerio de la Producción de la Provincia del Chubut, solicita al Departamento Ejecutivo Municipal actualice la Ordenanza N° 466/04 en virtud de que la misma posee nueva reglamentación, fundamentando el petitorio en el Decreto Reglamentario  N° 1066/2016.

Que, mediante misiva registrada bajo N° 204/19 HCD (02/05/2019), la Secretaría de Producción y Ambiente de la Municipalidad de Trevelin solicita al Honorable Concejo Deliberante actualice la Ordenanza N° 466/04, en virtud del petitorio mencionado precedentemente y considerando que se ha conformado el COPROSAVE (Consejo Provincial de Sanidad Vegetal), resultando imperante para mencionada dependencia municipal la actualización de la normativa de marras para continuar participando del mismo.

Que, mediante Dictamen emitido por la Comisión de LEGISLACIÓN GENERAL, registrado a Fs. 55/19, se ha resuelto abrogar la Ordenanza Municipal N° 466/04 y adherir formalmente a la nueva legislación.

Que, por todo lo expuesto, y en cumplimiento de la invitación de adhesión a la Ley XI N° 16 dispuesta en el Artículo 72° del Decreto Provincial N° 1066/2016, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                                 El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: ABROGASE la Ordenanza Municipal N° 466/04.

Artículo 2º: ADHIÉRASE en todos sus términos a la LEY PROVINCIAL XI N° 16 y al DECRETO N° 1066/2016 emitido por el Poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 3º: Elévese a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos correspondientes.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.730/19. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 19 de Septiembre de 2.019, en la XII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 12/19.—————

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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