VISTO:
La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.118/13, la Resolución Municipal N° 258/19, y la necesidad del Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de ratificar el instrumento mencionado precedentemente, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Ley de Corporaciones Municipales, en su Artículo 33°, Inciso 2°, establece que corresponde al Concejo Deliberante entender en el marco de sus facultades sobre el tránsito y estacionamiento en calles y caminos de jurisdicción municipal y las tarifas de los servicios urbanos de transporte de pasajeros.
Que, mediante Ordenanza N° 1.118/13, se establece el marco regulatorio para el funcionamiento del servicio de taxis, radio-taxis, remises y taxiflet en el Ejido Municipal de Trevelin.
Que, el Capítulo III, Artículo 6° de la Ordenanza N° 1.118/13, establece que los vehículos destinados al servicio de taxi o radio-taxi no podrán tener una antigüedad superior a los seis (6) años.
Que, mediante Resolución N° 258/19, el Departamento Ejecutivo Municipal resuelve establecer una prórroga del Artículo 6°, Inciso B, de la Ordenanza Municipal N° 1.118/13, a aquellos propietarios de taxis, remises y /o radio-taxis que deberían renovar su unidad en el año 2018.
Que, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la Resolución Municipal, “teniendo en cuenta la situación financiera desfavorable que afrontan los estamentos nacionales, provinciales y municipales de todo el país, resulta necesario como política de gobierno, incentivar a aquellas actividades laborales que se traduzcan en fuentes de ingresos económicos para la comunidad”.
Que, resulta imperante para el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin ratificar la Resolución Municipal N° 258/19.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFÍQUESE en todos sus términos la RESOLUCIÓN MUNICIPAL N° 258/19, mediante la cual se resuelve establecer una prórroga al Capítulo III, Artículo 6°, Inciso B, de la Ordenanza Municipal N° 1.118/13, desde el 1 de enero del 2.019 hasta el 31 de diciembre del mismo año, de acuerdo a la Resolución que como ANEXO I forma parte de la presente.
Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento e implementación.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.690/19. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 02 de Mayo de 2.019, en la IV Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 04/19.————————
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