ORDENANZA Nº 1.678/19

VISTO:

                     La Ley XVI N° 46, y el Convenio Compromiso suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (I.P.V. y D.U.) y la Municipalidad de Trevelin, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (I.P.V. y D.U.) y la Municipalidad de Trevelin se ha celebrado un Convenio, caratulado como “CONVENIO COMPROMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 1 VIVIENDA ADAPTADA PARA ELBA GODOY Y SU GRUPO FAMILIAR”, en el cual se otorga la suma de  pesos NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 989.590, 36) para la construcción de una (1) vivienda adaptada del prototipo rural de Obra Delegada de dos (2) dormitorios, la cual se llevará a cabo en el Paraje Sierra Colorada de la localidad de Trevelin.

Que, con el objeto de realizar la formal ejecución del Convenio de referencia, resulta necesario dar cumplimiento a la CLÁUSULA OCTAVA del instrumento suscripto, el cual establece que el Honorable Concejo Deliberante deberá remitir la Ordenanza de ratificación correspondiente.

Que, el Convenio de referencia, ha sido celebrado en la Ciudad de Rawson, Provincia del Chubut, a los veinte (20) días del mes de diciembre del año 2.018, refrendado por el Gobernador de la Provincia del Chubut, Esc. Mariano E. ARCIONI, el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Gustavo Omar ALEUY, el Director General de Asesoramiento Legal y Técnico del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, Dr. Raúl Omar FERRERO, el Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, Arq. Carlos Alberto SIMIONATI y la Gerente General del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, Sra. Ivana PAPAIANNI.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                                 El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFÍQUESE en todos sus términos el Convenio Compromiso suscripto entre el INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, representado por el Arq. Carlos Alberto SIMIONATI y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, representada por el Sr. Gustavo Omar ALEUY, celebrado el día 20 de diciembre del año 2.018, protocolizado al Tomo 4, Folio 203, en la Escribanía General de Gobierno, destinado a la ejecución de la Obra denominada “CONSTRUCCIÓN DE 1 VIVIENDA ADAPTADA PARA ELBA GODOY Y SU GRUPO FAMILIAR”, que como ANEXO I forma parte de la presente.

Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.678/19. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 04 de Abril de 2.019, en la II Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 02/19.————————– 

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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