VISTO:
La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.661/18, y la necesidad de ratificar el Acta Acuerdo celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los Gremios S.O.E.M.T. y SOEME Y ZO, Y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 1.661/18 se aprueba el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Corporación Municipal de Trevelin para el ejercicio fiscal correspondiente al año 2019.
Que, el día 18 de marzo del año 2.019, se ha celebrado un Acta Acuerdo entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los Gremios S.O.E.M.T (Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Trevelin) y SOEME Y ZO, correspondiente al primer semestre del año en curso, con el objetivo de mantener el poder adquisitivo de los salarios públicos municipales, preservando al mismo tiempo el equilibrio de las cuentas públicas.
Que, en el instrumento referenciado precedentemente, que forma parte de la presente como ANEXO I, se acuerda sobre diversos ítems que implican una mejora coyuntural en las condiciones en las que presta su servicio el trabajador municipal a favor de la Corporación Municipal de Trevelin.
Que, mediante Dictamen proveniente de la Comisión de HACIENDA (Artículo 43° – Reglamento Interno), registrado a Fs. 13/19, el Cuerpo Legislativo ha resuelto ratificar en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrado.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFIQUESE en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los Gremios S.O.E.M.T (Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Trevelin) y SOEME Y ZO, celebrado el día 18 de marzo del año 2019, que como ANEXO I forma parte de la presente normativa.
Artículo 2°: OTÓRGUESE un incremento Salarial al Personal de Planta Permanente, Planta Transitoria, Planta Política, Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU) y Jubilados Municipales, a liquidarse en las etapas circunscriptas a continuación:
- PRIMERA: DIEZ POR CIENTO (10%), el cual se hará efectivo a partir del 01 de marzo del año 2019, al Básico de cada Categoría, según el escalafón municipal.
- SEGUNDA: DIEZ POR CIENTO (10%), el cual se hará efectivo a partir del 01 de abril del año 2019, al Básico de cada Categoría, según el escalafón municipal.
- TERCERA: CINCO POR CIENTO (5%), el cual se hará efectivo a partir del 01 de julio del año 2019, al Básico de cada Categoría, según el escalafón municipal.
Artículo 3º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.671/19. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 04 de Abril de 2.019, en la II Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 02/19.————————–
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