ORDENANZA Nº 1.659/18

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.594/18, y los Convenios N° 01400 y N° 01459, suscriptos entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30°, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 1.594/18, el Honorable Concejo Deliberante ratifica en todos sus términos el Convenio suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, protocolizado al TOMO 1, FOLIO 169, en la Escribanía General de Gobierno.

Que, mediante Nota de Ingreso N° 716/18, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita, de acuerdo al petitorio de la Administración de Vialidad Provincial, ratificación formal del CONVENIO MODIFICATORIO N° 01459, el cual modifica lo dispuesto en el Convenio N° 01400 ratificado mediante Ordenanza N° 1.594/18.

Que, el CONVENIO MODIFICATORIO referenciado, ha sido celebrado en la ciudad de Rawson, Provincia del Chubut, a los 29 días del mes de octubre del año 2.018, refrendado por el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Gustavo Omar Aleuy, el Presidente de la Administración de Vialidad Provincial, Ing. Nicolás Cittadini y el Asesor Legal de la Administración de Vialidad Provincial, Dr. Agustín Yangüela.

Que, mediante Acta N° 95/18, proveniente de la Comisión de PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (Artículo 44° – Reglamento Interno), el Cuerpo Legislativo ha resuelto ratificar el Convenio Modificatorio suscripto.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFICASE en todos sus términos el CONVENIO MODIFICATORIO N° 01459 suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL, representado por el Presidente de la Administración de Vialidad Provincial, Ing. Nicolás Cittadini, y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, representada por el Intendente, Sr. Gustavo Omar Aleuy, que como ANEXO I forma parte de la presente normativa.

Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.659/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 29 de Noviembre de 2.018, en la XVI Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 16/18.————–

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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