ORDENANZA Nº 1.652/18

VISTO:                                                                                                                                

                    La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.537/17, y la obra de renovación de cañerías de nexo que se encuentra efectuando la Cooperativa 16 de Octubre Ltda. a las cisternas ubicadas en el inmueble identificado catastralmente como Parcela 7, Chacra 1, Sector 8, Circunscripción 3, Ejido 38, Y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza N° 1.537/17 se aprueba el Plan de Desarrollo Territorial de la Municipalidad de Trevelin.

Que, mediante Nota de Ingreso N° 651/18-HCD, la Secretaria de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Trevelin, eleva Convenio de Permuta de inmuebles a los efectos de ser ratificado por el Honorable Concejo Deliberante.

Que, lo mencionado precedentemente, motiva en virtud de lo solicitado por la Cooperativa 16 de Octubre mediante Nota N° 1.328-MT/18, donde requiere modificar la traza de renovación de cañerías de nexo a reservas a las denominadas Cisternas “Clery 1 y 2”.

Que, para realizar la obra referenciada existen ciertas particularidades topográficas que limitan respetar la traza y servidumbres actuales.

Que, la cañería a renovar atraviesa Parcelas de dominio privado lo cual dificulta su acceso para el mantenimiento del mismo.

Que, es conveniente realizar, de acuerdo al pedido de la Cooperativa 16 de Octubre Ltda., una modificación de la traza de mayor conveniencia técnica, tendiente a evitar quiebres en la cañería y su consecuente efecto de pérdida de carga al sistema.

Que, dicha modificación de la traza permite un acceso vehicular a las cañerías, el cual actualmente es peatonal.

Que, las modificaciones mejorarían el sistema de agua potable de ese Sector Urbano.

Que, para la modificación de referencia se necesita una Reserva Fiscal de Dominio Público.

Que, la Municipalidad de Trevelin cuenta con una Reserva Fiscal en otro sitio de dicho Sector, el cual podría ser permutado con la propietaria por la superficie que se necesita.

Que, se ha efectuado el pedido de permuta a la Sra. Clery Antonia Evans, quien ha accedido mediante un Convenio rubricado con la Municipalidad de Trevelin.

Que, mediante Acta emitida por la Comisión de PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, registrada a Fs. 91/18, se ha resuelto lo determinado en la presente normativa.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: DESAFÉCTESEdel Dominio Público el inmueble identificado catastralmente como Parcela 55, Chacra 1, Sector 8, Circunscripción 3, Ejido 38, con una superficie de 3.777, 30 m2 (tres mil setecientos setenta y siete con 30/100) metros cuadrados.

Artículo 2°: TRANSFIÉRASEa la Sra. Clery Antonia Evans, Libreta Cívica 5.494.849, el inmueble identificado catastralmente como Parcela 55, Chacra 1, Sector 8, Circunscripción 3, Ejido 38, con una superficie de 3.777, 30 m2 (tres mil setecientos setenta y siete con 30/100) metros cuadrados.

Artículo 3°: ACÉPTESE como cesión al Dominio Público en compensación del cumplimiento de los Artículos 1° y 2°, una superficie aproximada de 3.779, 05 m2 (tres mil setecientos setenta y nueve con 05/100) metros cuadrados, identificada como Parcela “38B”, conforme al Croquis que como ANEXO I forma parte de la presente normativa.

Artículo 4°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir todos los instrumentos públicos y privados que sean necesarios para el cumplimiento de lo establecido en los Artículos precedentes.

Artículo 5°: Las medidas lineales, angulares y superficiales definitivas surgirán de la Mensura a practicarse.

Artículo 6°: Establécese como ANEXO II el CONVENIO DE PERMUTA rubricado entre la Sra. Clery Antonia Evans, Libreta Cívica 5.494.849 y, la Municipalidad de Trevelin, representada por el Intendente, Sr. Gustavo Omar Aleuy, D.N.I. 12.594.168.

Artículo 7°: Elévese a la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Trevelin para su implementación.

Artículo 8º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.652/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 15 de Noviembre de 2.018, en la XV Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 15/18.————–

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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