ORDENANZA Nº 1.642/18

VISTO:

                     La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.250/14, y la necesidad de imponer nombre identificatorio a la calle emplazada catastralmente entre las Manzanas 143-112 y 144-113, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46 establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante entender sobre los espacios públicos.

Que, la Ordenanza N° 1.250/14 establece los criterios para la imposición de nombres a calles, callejones y espacios públicos.

Que, en virtud de que existen diversas calles sin nombres, desde la Comisión de PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se ha propuesto el nombre “EL CIPRÉS”, con el objeto de realizar la imposición del mismo a la calle emplazada catastralmente entre las Manzanas 143-112 y 144-113, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38.

Que, de acuerdo a lo mencionado precedentemente, el nombre propuesto adopta los criterios establecidos en la Ordenanza  N° 1.250/14, Artículo 1°,”FLORA Y FAUNA AUTÓCTONA”.

Que, es de consideración destacar que un gran porcentaje de los nombres impuestos en las diversas calles de la Ciudad corresponden a fauna y flora existente en los distintos Parques Nacionales de Argentina.

Que, resulta apropiado hacer hincapié en los Parques Nacionales como fuentes conservadoras de la fauna, flora y gea, los cuales comprenden las diversas regiones del país.

Que, mediante Acta N° 66/18, proveniente de la Comisión de PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (Artículo 44° – Reglamento Interno), el Cuerpo Legislativo ha resuelto realizar la presente imposición de nombre.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: IMPÓNGASE el nombre EL CIPRÉS a la calle emplazada catastralmente entre las Manzanas 143-112 y 144-113, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, de acuerdo al ANEXO I que forma parte de la presente normativa.

Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación en un plazo no mayor a los treinta (30) días de su promulgación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.642/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 18 de Octubre de 2.018, en la XIII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 13/18.—————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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