ORDENANZA Nº 1.641/18

VISTO:

                     La Ley XVI N° 46, la Constitución Nacional, las Leyes Nacionales N° 20.561 y N° 25.370, la Ordenanza N° 1.250/14, y la necesidad de imponer nombre identificatorio a la calle emplazada catastralmente entre las Manzanas 60 y 61, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46 establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante entender sobre los espacios públicos.

Que, la Constitución Nacional, Disposiciones Transitorias, Primera, establece: “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.

Que, mediante Ley Nacional N° 20.561, el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina fijan como Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Malvinas, Islas y sector antártico, el 10 de junio.

Que, la Ley Nacional N° 25.370, Artículo 1°, declara «Día del Veterano y de los Caídos en la guerra en Malvinas», el 2 de abril.

Que, mediante Ordenanza N° 1.250/14 se establecen los criterios para la imposición de nombres a calles, callejones y espacios públicos.

Que, en virtud de que existen diversas calles sin nombres, desde la Comisión de PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se ha propuesto el nombre “10 de Junio”, con el objeto de realizar la imposición del mismo a la calle emplazada catastralmente entre las Manzanas 60 y 61, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38.

Que, de acuerdo a lo mencionado precedentemente, el día 10 de Junio de cada año se conmemora en Argentina el Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Malvinas, Islas y Sector Antártico.

Que, el día 10 de junio de 1829, Luis Vernet fue nombrado como Primer Comandante Político Militar de las Malvinas en Puerto Soledad por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Martín Rodríguez.

Que, el nombre seleccionado para la presente imposición de nombre, tiene por objeto mantener presente la Gesta de las Islas Malvinas, otorgando reconocimiento a quienes participaron en ella, pregonando el resguardo de los derechos genuinos de la República Argentina en el año 1.982 y lo circunscripto en las Disposiciones Transitorias de la Constitución Nacional.

Que, es menester destacar que el nombre adoptado en tal ocasión no cumplimenta con los parámetros establecidos en la Ordenanza N° 1.250/14, siendo imperante exceptuar de la misma al nombre propuesto, en virtud de lo mencionado precedentemente.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: EXCEPTÚESE de lo establecido en el Artículo 1° de  la Ordenanza N° 1.250/14, el nombre “10 DE JUNIO”, a los efectos de realizar su imposición a la calle emplazada catastralmente entre las Manzanas 60 y 61, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38.

Artículo 2°: IMPÓNGASE el nombre “10 DE JUNIO” a la calle emplazada catastralmente entre las Manzanas 60 y 61, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, de acuerdo al ANEXO I que forma parte de la presente normativa.

Artículo 3°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación en un plazo no mayor a los treinta (30) días de su promulgación.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.641/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 18 de Octubre de 2.018, en la XIII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 13/18.—————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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