VISTO:
La Ley XVI N° 46, y la solicitud del ROTARY CLUB ESQUEL, SATÉLITE “PUEBLO DEL MOLINO”, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30°, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, en un mismo tenor, la normativa mencionada precedentemente establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante entender sobre los espacios públicos.
Que, mediante Ordenanza N° 1.250/14 se establecen los criterios para la imposición de nombres a calles, callejones y espacios públicos.
Que, mediante solicitud formal, las autoridades del CLUB SATÉLITE “PUEBLO DEL MOLINO”, perteneciente al Rotary Club Esquel, solicitan autorización con el objeto de colocar un monumento a “La Paz”, el día 21 de septiembre, fecha en que se celebra el Día Internacional de la Paz.
Que, el Rotary Club es una red mundial compuesta de un millón doscientos mil vecinos, amigos, líderes y personas dedicadas a solucionar problemas, quienes ven un planeta en que las personas se unen y toman acción para generar un cambio perdurable en el mundo, sus comunidades y en sí mismos.
Que, por más de ciento diez años, la gente de acción de Rotary Club ha abordado los problemas más graves con pasión, energía y competencia; entre ellos, proyectos de alfabetización, el fomento de la paz, y el acceso a fuentes de agua y atención de la salud.
Que, la reciente conformación del Club Satélite en la Ciudad de Trevelin, significa la incorporación de una colosal institución para la comunidad, la cual tiene la finalidad de extender las actividades solidarias que se desprenden de los objetivos generales del ROTARY CLUB INTERNACIONAL.
Que, la colocación de un monumento a “La Paz”, es una manera simbolizar la presencia de los diversos Clubes pertenecientes al ROTARY CLUB INTERNACIONAL.
Que, mediante Acta emitida por la Comisión de PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (Artículo 44° – Reglamento Interno) del Honorable Concejo Deliberante, registrada a Fs. 62/18, se ha resuelto otorgar la solicitud de autorización expuesta ut supra.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORÍCESE al CLUB SATÉLITE “PUEBLO DEL MOLINO”, perteneciente al ROTARY CLUB ESQUEL, representado por las Licenciadas Marcela NAVA y Patricia COGNI, a realizar la colocación del MONUMENTO A “LA PAZ”, en la plazoleta ubicada sobre la Av. 9 de Julio, emplazada catastralmente entre Manzanas 21 y 29, Sector 1, Circunscripción 1, Ejido 38.
Artículo 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos correspondientes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.633/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 20 de Septiembre de 2.018, en la XI Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 11/18.—————-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga