ORDENANZA Nº 1.614/18

VISTO:

                     La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.250/14, y la necesidad de imponer nombre identificatorio a la calle ubicada entre calles Carlos Capredoni y Ricardo Winter, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46 establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante entender sobre los espacios públicos.

Que, la Ordenanza N° 1.250/14 establece los criterios para la imposición de nombres a calles, callejones y espacios públicos.

Que, mediante solicitud formal proveniente de la Sra. Lisa Perrone Van de Linde, se ha propuesto realizar la imposición del nombre “Ribera”, a la calle ubicada entre calles Carlos Capredoni y Ricardo Winter.

Que, motiva la solicitud mencionada precedentemente, debido a que desde el año dos mil diez la Corporación Municipal con el objeto de realizar la extensión de redes de infraestructura nombró informalmente a mencionado sitio como calle “Ribera”.

Que, es imperante destacar que el nombre adoptado en tal ocasión no cumplimenta con los parámetros establecidos en la Ordenanza N° 1.250/14, siendo imperante exceptuar de la misma al nombre propuesto, en virtud de lo mencionado precedentemente.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: EXCEPTÚESE de lo establecido en el Artículo 1° de  la Ordenanza N° 1.250/14, el nombre “RIBERA”, a los efectos de realizar su imposición a la calle ubicada entre calles Carlos Capredoni y Ricardo Winter.

Artículo 2°: IMPÓNGASE el nombre ”RIBERA” a la calle ubicada entre calles Carlos Capredoni y Ricardo Winter, de acuerdo al Plano que como ANEXO I forma parte de la presente normativa.

Artículo 3°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación en un plazo no mayor a los treinta (30) días de su promulgación.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.614/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 21 de Junio de 2.018, en la VII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 07/18.———————–

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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