ORDENANZA Nº 1.594/18

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46, y el Convenio N° 01400 suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, Y,

CONSIDERANDO:

Que, entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, se ha celebrado un Convenio, en el cual la Municipalidad de Trevelin pavimentará con adoquines de hormigón provistos por la planta de la Administración, las siguientes calles: 1) Francisco Hammond entre Gendarmería Nacional y Rhis Thomas de la Localidad de Trevelin; 2) Flia. Aguirre entre Arturo Kansas Jones y Flia. Castillo de Aldea Escolar, con una superficie total de 3.748, 00 m²  y ejecutará 827, 00 ml de cordón cuneta.

Que, la ADMINISTRACIÓN le financiará a la MUNICIPALIDAD hasta un monto total de pesos UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SIETE CON 61/100 ($ 1.134.907, 61).

Que, la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, realizará las tareas de movimiento de suelo, perfilado y compactación previas a la colocación de los adoquines.

Que, el Convenio mencionado, ha sido celebrado en la Localidad de Trevelin, Provincia de Chubut, a los 01 días del mes de marzo del año 2.018, refrendado por el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Gustavo Omar Aleuy, el Presidente de la Administración de Vialidad Provincial, Ing. Nicolás Cittadini y el Asesor Legal de la Administración de Vialidad Provincial, Dr. Agustín Yangüela.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin avala y está predispuesto a ratificar el Convenio suscripto.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFÍQUESE en todos sus términos el Convenio suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD PROVINCIAL, representado por el Presidente de la Administración de Vialidad Provincial, Ing. Nicolás Cittadini, y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, representada por el Intendente, Sr. Gustavo Omar Aleuy, protocolizado al TOMO 1, FOLIO 169, en la Escribanía General de Gobierno, que como ANEXO I forma parte de la presente normativa.

Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.594/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 26 de Abril de 2.018, en la III Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 03/18.————————  

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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