ORDENANZA Nº 1.560/17

VISTO:

                   La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.502/16, y la necesidad de ratificar el Acta Acuerdo celebrado entre el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Trevelin (S.O.E.M.T.) y el Departamento Ejecutivo Municipal, Y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza N° 1.502/16 se aprueba el Presupuesto Municipal 2.017.

Que, el día 18 de septiembre del año 2.017 entre la Municipalidad de Trevelin y el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Trevelin (S.O.E.M.T.), se celebró un Acta Acuerdo.

Que, el mismo comprende diversos ítems, imperando la necesidad de realizar una breve reseña ut infra.

Que, entre los puntos acordados se encuentran: implementar al salario del personal de planta permanente el ítem “presentismo”; efectivizar a partir de septiembre el porcentaje de aumento correspondiente a los empleados municipales que poseen títulos secundarios, terciarios y universitarios; recategorización de empleados municipales; suministrar indumentaria correspondiente a las áreas de servicios públicos, recolección de residuos y espacios verdes; otorgar incremento salarial para el personal de Planta Permanente, Planta Política, Planta de Residuos GIRSU y Jubilados Municipales; entre otros.

Que, es menester para el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin avalar el Acta Acuerdo celebrado.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de  Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFIQUESE en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrado entre el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Trevelin (S.O.E.M.T.) y el Departamento Ejecutivo Municipal, celebrado el día 18 de septiembre del corriente año, que como ANEXO I forma parte de la presente normativa.

Artículo 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.560/17. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 05 de Octubre de 2.017, en la XIV Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 15/17.——————

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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