ORDENANZA Nº 1.538/17

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46, la Ley Provincial XI N° 19, las Ordenanzas N° 57/96, N° 396/04, N° 418/04 y N° 860/09, el Acta N° 26/17 de la Comisión Evaluadora del Patrimonio Histórico, Cultural y Natural, y la necesidad de desincorporar el inmueble identificado catastralmente como Parcela 1, Manzana 73, Sector 1, Circunscripción 1, Ejido 38, del Registro Permanente de Edificios y Sitios de Valor Cultural, Y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Provincial XI N° 19 se crea el Registro Provincial de Sitios, Edificios y Objetos de Valor Patrimonial, Cultural y Natural.

Que, mediante Ordenanza N° 57/96 se crea el Registro Permanente de Edificios y Sitios de Valor Cultural.

Que, mediante Ordenanza N° 396/04 el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin adhiere a la Ley Provincial XI N° 19.

Que, mediante Ordenanza N° 418/04 se crea la Comisión Evaluadora de Sitios con valor Histórico, Cultural y Natural.

Que, a través de la Ordenanza N° 860/09 se incorporan diversos sitios y edificios al Registro Permanente de Edificios y Sitios de valor Cultural.

Que, mediante Ordenanza N° 1.103/12 se incorpora el inmueble identificado catastralmente como Parcela 1, Manzana 73, Sector 1, Circunscripción 1, Ejido 38, al Registro Permanente de Edificios y Sitios de Valor Cultural.

Que, entre los fundamentos a los cuales refiere la Ordenanza N° 1.103/12, se encuentra el del tipo de edificación, el cual expresa un lenguaje tipológico constructivo chileno de fines del Siglo XIX.

Que, actualmente el inmueble citado precedentemente se encuentra en proceso sucesorio, no resolviéndose aún el titular registral definitivo del inmueble.

Que, para dar cumplimiento al objetivo general de preservar y conservar mencionado inmueble como testimonio para las generaciones actuales y futuras, es necesario resolver la situación registral del mencionado inmueble.

Que, hasta tanto no se cumpla lo mencionado precedentemente, es necesario desincorporar el inmueble del Registro Permanente de Edificios y Sitios de Valor Cultural.

Que, mediante Acta N° 26/17, emitida por la Comisión Evaluadora del Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de Trevelin, en su Punto A, se resuelve abrogar la Ordenanza  N° 1.103/12.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin resuelve ratificar lo dispuesto por la Comisión Evaluadora del Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de Trevelin.

POR ELLO:

                                 El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: ABRÓGUESE la Ordenanza N° 1.103/12, la cual incorpora al REGISTRO PERMANENTE DE EDIFICIOS Y SITIOS DE VALOR CULTURAL el inmueble identificado catastralmente como Parcela 1, Manzana 73, Sector 1, Circunscripción 1, Ejido 38, por lo fundamentos expuestos ut supra.

Artículo 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Comisión Evaluadora del Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de Trevelin y a la familia Williams para su conocimiento.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.538/17. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 15 de Junio de 2.017, en la VIII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 08/17.———————

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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