VISTO:
La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas N° 223/00 y N° 1.250/14, el Decreto Nacional N° 177/16, y la necesidad de imponer nombre a la Plazoleta ubicada en Av. San Martin entre calles Cacique Nahuel Pan y Los Rifleros, en el marco del año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46 faculta al Honorable Concejo Deliberante a entender sobre espacios públicos.
Que, mediante Ordenanza N° 223/00 se legisla en materia de anuncios publicitarios y cartelería, regulando la implementación de la misma.
Que, mediante Ordenanza N° 1.250/14 se regula la imposición de nombres a espacios públicos.
Que, el Decreto Nacional N° 177/16, Declara el Año 2.016 como el “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”, estableciendo en su Artículo 3° que el Poder Ejecutivo Nacional auspiciará actividades, seminarios, conferencias y programas educativos que contribuyan a la difusión en el país de los hechos alusivos a la Declaración de la Independencia de la República Argentina.
Que, la Escuela N° 166 de la Localidad de Trevelin, ha sido seleccionada, entre un total de diez Escuelas de la Provincia de Chubut, con el objeto de participar del Proyecto denominado “Bicentenario de la Independencia”, enmarcado en el Decreto Nacional N° 177/16.
Que, el Proyecto, tiene como objeto la selección de un lugar público y la realización de las gestiones correspondientes para nombrarlo “Bicentenario de la Independencia”.
Que, en virtud del trabajo mancomunado llevado a cabo por el Honorable Concejo Deliberante y la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Trevelin, se ha seleccionado como espacio público, la Plazoleta ubicada en Avenida San Martín entre calles Cacique Nahuel Pan y Los Rifleros, la cual revestirá el nombre de “Bicentenario de la Independencia”.
Que, el Artículo 5° de la Ordenanza N° 223/00 prohíbe la colocación de carteles de carácter definitivo en plazas y plazoletas.
Que, en virtud de tan destacada selección por parte de la Provincia de Chubut, es necesario otorgar la excepción a lo estipulado en el Artículo 5° de la Ordenanza N° 223/00.
Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exceptúese a la presente de lo establecido en el Artículo 5° de la Ordenanza N° 223/00.
Artículo 2°: IMPÓNGASE el nombre de “BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA”, a la Plazoleta ubicada en Avenida San Martín, entre calles Cacique Nahuel Pan y Los Rifleros de la Localidad de Trevelin.
Artículo 3°: Colóquese en la misma, un Cartel Identificador con el nombre “BICENTENARIO DE LA INDENPENDENCIA”.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza Nº 1.495/16 Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 17 de Noviembre de 2.016, en la XVII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 23/16.————–
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga