ORDENANZA Nº 1.484/16

VISTO:

                   La Ley XVI N° 46, la Ley Nacional N° 27.261 de Acceso y Circulación a las Costas de los Ríos, Lagos y Arroyos, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27.261 instituye el día 30 de Agosto de cada año como el Día Nacional del Libre Acceso y Circulación a las Costas de los Ríos, Lagos y Arroyos; en memoria al pescador Cristian González asesinado en Neuquén en el año 2.006 por ejercer el derecho a disfrutar de nuestros Lagos.

Que, es función del Estado garantizar el derecho de la población al Libre Acceso a las Costas de Ríos, Arroyos y Lagunas.

Que, es esencial la inclusión de temas referidos a la defensa de nuestros derechos colectivos y el cuidado del medio ambiente en el calendario escolar, para garantizar la conservación y protección de nuestros espacios comunes.

Que, en este Honorable Concejo Deliberante se encuentra en Comisión el tratamiento de un Proyecto de Ordenanza referido al Libre Acceso a Ríos, Arroyos, Lagos y Lagunas.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Nacional N° 27.261 que instituye el día 30 de Agosto de cada año como el Día Nacional del Libre Acceso y Circulación a las Costas de los Ríos, Lagos y Arroyos.

Artículo 2º: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza Nº 1.484/16. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 08 de Septiembre de 2.016, en la XII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 15/16.—————

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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