VISTO:
La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas Nº 885/10, Nº 933/11, N° 1.164/13, N° 1.326/15 y la solicitud del Sr. Ignacio Chaura y la Sra. Débora Painenao, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 en su Artículo 33º, Inciso 30°, establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe reglamentar y administrar el Régimen de la Tierra Fiscal.
Que, la Ley XVI Nº 46 en su Artículo 53º instituye que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal.
Que, mediante Ordenanza Nº 885/10 se crea la Comisión Evaluadora para la selección y adjudicación de los 120 lotes, la cual establece el mecanismo de ponderación de los postulantes.
Que, mediante Ordenanza N° 933/11 se Adjudica en Venta el Lote 16, Manzana 49, Ejido 38, a los Sres. Chaura Ignacio Abraham y Painenao Débora Gertrudiz, con Expediente N° 20.
Que, los Sres. Ignacio Chaura y Débora Painenao, han solicitado una prórroga de un (1) año en lo que respecta al pago de cuotas del Lote: 16, Manzana: 49 de los 120 lotes, debido a que la Sra. Débora Painenao padece una enfermedad severa, la cual imposibilita el pago del inmueble.
Que, la Comisión 120 Lotes se expidió acerca de lo solicitado, otorgando la prórroga mediante Ordenanzas N° 1.164/13 y N° 1.326/15.
Que, los Sres. Ignacio Chaura y Débora Painenao, han solicitado nuevamente una prórroga respecto al pago de cuotas del Lote: 16, Manzana: 49 de los 120 lotes, por los motivos antes expuestos.
Que, la Comisión se ha expedido y ha determinado el otorgamiento de una nueva prórroga, ratificando la resolución mediante Acta de Comisión.
Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto ut supra a los fines de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Suspéndase de lo establecido en el Artículo 14° de la Ordenanza N° 885/10, por el término de un (1) año, en lo que respecta al pago de cuotas, al inmueble identificado catastralmente como: Lote 16, Manzana 49 de los 120 Lotes, adjudicado al Sr. Chaura Ignacio Abraham D.N.I. 26.888.937 y a la Sra. Painenao Débora Gertrudiz D.N.I. 24.584.875.
Artículo 2°: Establécese que lo determinado en el Artículo 1º de la presente normativa, regirá a partir del mes de Enero al mes de Diciembre del año 2.016.
Artículo 3º: Notifíquese a los adjudicatarios del Lote 16, Manzana 49 de los 120 Lotes y a la Comisión Evaluadora 120 lotes.
Artículo 4º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza Nº 1.483/16. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 08 de Septiembre de 2.016, en la XII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 15/16.—————
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