ORDENANZA Nº 1.473/16

VISTO:

                     La Ley XVI N° 46 y la ampliación de la Zonificación del Ejido Urbano que se ha producido en los últimos años hacia el Sector Norte y Urbanización de la Zona Sur, Y,

CONSIDERANDO:

Que, se han generado gran cantidad de Parcelamientos entre la Ruta Nacional N° 259, la Ruta Provincial N° 71, la Margen Izquierda del Río Percy y el Callejón Williams (Billy) Thomas.

Que, en los mismos se han construido gran cantidad de Viviendas de Uso Residencial.

Que, mencionada Zona es susceptible a inundaciones por crecidas extraordinarias.

Que, el propósito de las obras que se han llevado a cabo en el Río Percy en el tramo Calera – Puente Viejo, ha sido encauzar el Río evitando la erosión de las Márgenes.

Que, es necesario proteger de manera definitiva contra inundaciones las Zonas enunciadas anteriormente.

Que, es necesario mantener la proyección de la Av. Raúl Ricardo Alfonsín cediendo gratuitamente al Municipio los espacios destinados a vías de circulación, que aseguren la continuidad de la trama vial vigente y/o planificada de acuerdo al Art. VI. 12 de la Normativa Reglamentaria del Plan de Desarrollo Territorial establecido por Ordenanza N° 853/09 y N° 1.100/12.

Que, es necesario garantizar la accesibilidad pública vehicular hasta todos aquellos sitios que constituyan Zonas Especiales de Interés Ambiental, Franjas Costeras de Cursos y Espejos de Agua, de acuerdo al Art. VI. 34 de la Normativa Reglamentaria del Plan de Desarrollo Territorial establecido por Ordenanza  N° 853/09 y N° 1.100/12.

Que, es necesario garantizar la ampliación del Proyecto de Colectora Cloacal planteada por la Cooperativa 16 de Octubre a lo largo de la Costanera de la Margen Izquierda del Río Percy, ubicada en el pie de talud del Terraplén de Defensa que asegure evacuar los efluentes de los futuros usuarios en las zonas enunciadas anteriormente y planificar cualquier otra ampliación de Infraestructura de Servicios.

POR ELLO:

                                 El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal la construcción del Terraplén de Defensa en la Margen Izquierda entre el Callejón Williams (Billy) Thomas y la Ruta Provincial N° 71 y la continuación de la Av. Raúl Ricardo Alfonsín desde su actual culminación hasta la calle Thomas Davies.

Artículo 2°: Se cederá en toda futura Mensura, cualquiera sea el régimen que se adopte, una Calle de treinta (30) metros de la Línea de Ribera de la Margen Izquierda del Río Percy entre la Ruta Provincial N° 71 y el Callejón Municipal Williams (Billy) Thomas, a los fines de construir un Terraplén de Defensa y materializar la continuación de la Av. Raúl Ricardo Alfonsín. Dicha calle deberá ser cedida a Título Gratuito al Dominio Público. La Línea de Ribera será determinada en forma definitiva por el Instituto Provincial del Agua o en forma provisoria por el Agrimensor actuante.

Artículo 3°: Encomendar al Poder Ejecutivo Municipal realizar las gestiones necesarias ante el Instituto Provincial del Agua a fin de realizar el Proyecto Ejecutivo del Terraplén de Defensa en la Margen Izquierda del Río Percy entre la Ruta Provincial N° 71 y el Callejón Municipal Williams (Billy) Thomas.

Artículo 4°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza Nº 1.473/16. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 23 de Junio de 2.016, en la IX Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 11/16.——————–

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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