VISTO:
La Ley XVI N° 46 y la solicitud de Desafectación y Redistribución de Superficies presentada por los Sres. Leonardo David Codesal y Jesús Francisco Codesal, Y,
CONSIDERANDO:
Que, los Sres. Leonardo David Codesal y Jesús Francisco Codesal, solicitan la desafectación de una calle habilitada por mensura, la cual no fue materializada para tales fines, cedida mediante Expte. P.310-84.
Que, los Sres. Leonardo David Codesal y Jesús Francisco Codesal, son propietarios de la Parcela 5, Chacra 32, Sector 6, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Fracción 1, Chacra 27, Lote 13, Colonia 16 de Octubre), en la cual la calle a desafectar se incorporaría a mencionada Parcela, siendo necesaria una redistribución de superficies de la Parcela 5, Chacra 32, Sector 6, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Fracción 1, Chacra 27, Lote 13, Colonia 16 de Octubre).
Que, la superficie a desafectar es de 499, 99 m² (cuatrocientos noventa y nueve con noventa y nueve metros cuadrados), la cual en su momento fue afectada e incorporada al Dominio Público a los fines de realizar una calle, pero nunca fue materializada a tales fines.
Que, para la factibilidad de desafectación de la calle de 499, 99 m² (cuatrocientos noventa y nueve con noventa y nueve metros cuadrados), la Dirección de Catastro ha solicitado la cesión de una calle de 12 m (doce metros) de ancho, la cual brindaría conexión con el Dominio Público a las Parcelas linderas a la Parcela 5, Chacra 32, Sector 6, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Fracción 1, Chacra 27, Lote 13, Colonia 16 de Octubre).
Que, en virtud del análisis técnico de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Trevelin, en vista de la factibilidad de mencionada desafectación, debería dejarse por mensura acceso a las Parcelas 1 a 4, Chacra 32, Sector 6, Circunscripción 4 (ex Fracción 2 a 5 de la Chacra 27, Legua 13) a la Vía Pública a través de una cesión de calle en el remanente de la Parcela 2, Sector 5, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Lote 10c de la Legua 10), dando cumplimiento a lo previsto en el Plan de Desarrollo Territorial, las Reglamentaciones Provinciales de la Dirección General de Catastro y de las Nacionales adheridas por la Provincia.
Que, frente a la Parcela 5, Chacra 32, Sector 6, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Fracción 1, Chacra 27, Lote 13, Colonia 16 de Octubre), se encuentra la Parcela 2, Sector 5, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Lote 10c de la Legua 10), propiedad del Sr. Ricardo Luis Gerosa, quien ha manifestado el consentimiento de ceder el remanente de la Parcela 2, Sector 5, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Lote 10c de la Legua 10) a fines de realizar la apertura de una calle de 12 m (doce metros) de ancho con una superficie de 278, 32 m² (doscientos setenta y ocho con treinta y dos metros cuadrados), la cual brindará acceso a las Parcelas linderas con la Ruta Nacional N° 259 de Dominio Público.
Que, los solicitantes han dado cumplimiento a todas las reglamentaciones legales requeridas para concretar la desafectación de la calle en cuestión y la incorporación al Dominio Público de la Calle de doce (12m) metros de ancho con una superficie de 278, 32 m² (doscientos setenta y ocho con treinta y dos metros cuadrados), remanente de la Parcela 2, Sector 5, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Lote 10c de la Legua 10).
Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante ha analizado la situación.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Desaféctese del Dominio Público la calle de 499, 99 m² (cuatrocientos noventa y nueve con noventa y nueve metros cuadrados), ubicada entre la Parcela 5, Chacra 32, Sector 6, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Fracción 1, Chacra 27, Lote 13, Colonia 16 de Octubre) y la Parcela 2, Sector 5, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Lote 10c de la Legua 10), cedida mediante Expte. P.310-84, la cual no llegó a materializarse a tales fines, de acuerdo al Plano que como ANEXO I forma parte de la presente.
Artículo 2°: Incorpórese la Calle de 499, 99 m² (cuatrocientos noventa y nueve con noventa y nueve metros cuadrados), objeto de desafectación del Dominio Público en la presente, a la Parcela 5, Chacra 32, Sector 6, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Fracción 1, Chacra 27, Lote 13, Colonia 16 de Octubre).
Artículo 3°: Habilítese la apertura de la Calle de 12 m (doce metros) de ancho con una superficie de 278, 32 m² (doscientos setenta y ocho con treinta y dos metros cuadrados), la cual forma parte del remanente de la Parcela 2, Sector 5, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Lote 10c de la Legua 10), de acuerdo a la Cesión realizada por el propietario Ricardo Luis Gerosa, que como ANEXO II forma parte de la presente.
Artículo 4°: Incorpórese al Dominio Público la Calle de 12 m (doce metros) de ancho con una superficie de 278, 32 m² (doscientos setenta y ocho con treinta y dos metros cuadrados), resultante del remanente de la Parcela 2, Sector 5, Circunscripción 4, Ejido 38 (ex Lote 10c de la Legua 10), de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I.
Artículo 5°: Elévese a la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento para su implementación.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza Nº 1.466/16. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 09 de Junio de 2.016, en la VIII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 10/16.——————-
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