VISTO:
La Ley XVI N° 46 y el Convenio suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Municipalidad de Trevelin en beneficio del Sr. Daniel Alberto Galarza, Y,
CONSIDERANDO:
Que, entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Municipalidad de Trevelin se ha celebrado un Convenio, caratulado como “CONVENIO EJECUTIVO DE MONOAMBIENTE ADAPTADO PARA EL SR. DANIEL ALBERTO GALARZA”, en el cual se otorga la suma de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000, 00) para la construcción de un monoambiente adaptado, el cual se llevará a cabo en el Paraje de Sierra Colorada de la localidad de Trevelin, con un plazo estipulado de ejecución de ciento veinte días (120), a partir del Acta de Inicio.
Que, para dar cumplimiento a mencionado Convenio y poder comenzar con la correspondiente Obra, es necesario dar cumplimiento a la CLÁUSULA NOVENA del Convenio suscripto, el cual establece que el Honorable Concejo Deliberante deberá remitir la Ordenanza de Ratificación correspondiente.
Que, el Convenio en cuestión, ha sido celebrado en la Localidad de Rawson, Provincia del Chubut, a los diecisiete (17) días del mes de Marzo del año 2.016, refrendado por el Director General de Asesoramiento Legal y Técnico del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, Dr. Raúl Omar Ferrero, el Gobernador de la Provincia del Chubut, Sr. Mario Das Neves, el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Gustavo Omar Aleuy, y el Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, Arq. Alejandro Bertorini.
Que, el Cuerpo Legislativo avala y está predispuesto a ratificar el Convenio suscripto.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFÍQUESE en todos sus términos el Convenio suscripto entre el INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, representado por el Arq. Alejandro Bertorini y la MUNICIPALIDAD DE TREVELIN, representada por el Sr. Gustavo Omar Aleuy, celebrado el día 17 de Marzo del Año 2.016, protocolizado al Tomo 01, Folio 076, en la Escribanía General de Gobierno, destinado a la ejecución de la Obra denominada “MONOAMBIENTE ADAPTADO PARA EL SR. DANIEL ALBERTO GALARZA”, que como ANEXO I forma parte de la presente.
Artículo 2°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza Nº 1.438/16. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 28 de Abril de 2.016, en la V Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 07/16.——-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga