ORDENANZA Nº 1.428/16

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas N° 938/11 y N° 1.005/11, y la necesidad de establecer una prórroga al mandato del actual Juez de Faltas, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza N° 938/11 en su Artículo 11° establece que el Juez de Faltas durará cuatro años en sus funciones.

Que, la Ordenanza N° 1.005/11 establece una prórroga, otorgando la misma hasta el día 31/03/2012.

Que, se ha dado cumplimiento al artículo 3° de la Ordenanza N° 938/11, la cual establece el procedimiento de llamado a Concurso.

Que, el día 31 de Marzo de 2016 vence el mandato del actual Juez de Faltas.

Que, es necesario establecer una prórroga al mandato del actual Juez de Faltas hasta tanto se cubra el llamado a concurso.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Establécese una prórroga al Mandato del actual Juez de Faltas por un término de noventa (90) días.

Artículo 2°: Establécese que el nuevo Juez de Faltas asumirá habiéndose cumplido los requisitos de llamado a concurso.

Artículo 3º: Entiéndase que cesará automáticamente la prórroga otorgada en tanto se cubra el llamado a concurso.

Artículo 4º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal y al Juzgado de Faltas para su conocimiento e implementación.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza Nº 1.428/16. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 31 de Marzo de 2.016, en la III Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 05/16.———————–

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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