VISTO:
La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 852/09, la Ordenanza N° 1.088/12, y la necesidad de modificar y flexibilizar el horario de funcionamiento de locales nocturnos y expendio de bebidas alcohólicas, Y,
CONSIDERANDO:
Que, es facultad del Estado regular el funcionamiento de locales nocturnos y establecer limitaciones en cuanto al consumo de bebidas alcohólicas en adolescentes, fijando pautas que permitan disminuir la incidencia negativa, y así avanzar progresivamente en los distintos sectores.
Que, existen precedentes que acreditan que ciertos accidentes e infracciones a las normas de convivencia se incrementan a partir de determinadas horas de la madrugada.
Que, el egreso de locales nocturnos en condiciones psicofísicas debilitadas incrementa la posibilidad de accidentes en la vía pública, como riñas, y en diversos casos con consecuencias fatales.
Que, para la implementación conjunta de la presente norma se requiere de la responsabilidad de quienes son propietarios de locales nocturnos, de las familias y de los órganos de contralor, siendo necesaria la toma de conciencia de todos los sectores involucrados.
Que, la Ordenanza Nº 852/09 regula el funcionamiento de bares, confiterías de estar, pubs y confiterías bailables, y normatiza el expendio de bebidas alcohólicas.
Que, la Ordenanza N° 1.088/12 modifica los horarios de expendio de bebidas alcohólicas y el cierre de locales nocturnos.
Que, es necesario equiparar nuestra legislación con la de la ciudad de Esquel, evitando que jóvenes de nuestra localidad se trasladen hacia la misma, protegiéndolos de consecuencias y accidente fatales.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modificase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 1.088/12 quedando redactado de la siguiente manera:
“Para bares, confiterías de estar y confiterías bailables regirán los siguientes Horarios:
CONFITERÍAS BAILABLES: Viernes, Sábados y Vísperas de Feriados:
Apertura: 23:00 Hs.
Venta de alcohol hasta: 06:00 Hs.
Cierre y salida de clientes: 07:00 Hs.
PUBS Y RESTOBAR: de Lunes a Lunes
Apertura: 19:00 Hs.
Venta de alcohol hasta: 06:00 Hs.
Cierre y salida de clientes: 07: 00 Hs.
BARES:
-Domingo a Jueves:
Apertura: 10:00 Hs.
Venta de alcohol hasta: 01:00 Hs.
Cierre y salida de clientes: 02:00 Hs.
- Viernes y Sábados
Apertura: 10:00 Hs.
Venta de alcohol hasta las 06:00 Hs.
Cierre y salida de clientes: 07:00 Hs.
CONFITERÍAS DE ESTAR:
Apertura: 07:00 Hs.
Venta de alcohol hasta: 06:00 Hs.
Cierre y salida de clientes: 07:00 Hs.
- Queda permitido el ingreso a mayores de diecisiete (17) años.
- Para la modalidad PRE- MATINÉE: el horario es de 19 a 22 hs
- Para la modalidad MATINÉE: el horario es de 20 a 23 hs.”
Artículo 2º: Facúlteseal Poder Ejecutivo Municipal a prorrogar los horarios establecidos en la presente Ordenanza para eventos especiales, cuando lo crea necesario, mediante Resolución, expresando las causas que justifiquen la excepción, siendo que podrá operar de oficio o a pedido de partes.
Artículo 3º: Establécese quea partir de la presente Ordenanza se estipula realizar una reunión cada 30 (treinta) días, a fines de evaluar la aplicación de la presente.
Artículo 4º: En cumplimiento del Artículo anterior, se reunirá el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante, junto al Juez de Faltas, Subcomisario de la Policía del Chubut, Director de Bromatología Inspección e Higiene y Director de Tránsito y Seguridad Vial.
Artículo 5º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza Nº 1.419/16. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 17 de Marzo de 2.016, en la II Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 04/16.————-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga