VISTO:
La Ley XVI Nº 46, la Ordenanza N° 503/05 y la Ordenanza 1.193/14, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 503/05 autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio de Prestación de Servicios de Faenamiento de Porcinos en el Colegio N° 740 con el Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.
Que, mediante dicha Ordenanza se fijan los valores de las tasas de faenamiento y de inspección veterinaria.
Que, la producción porcina en el Ejido de Trevelin se ha modificado considerablemente en volumen y tipo de terminación de animales.
Que, la cantidad de usuarios productores y matarifes que cumplen con las normas vigentes ha aumentado también significativamente a partir de una actividad de promoción de uso del servicio.
Que, es necesario actualizar los valores y categorías de faena vigentes.
Que, la recaudación por tasa de faena no cubre las necesidades mínimas para el funcionamiento de la planta de faena.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1193/14 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Fíjese la Tasa de Faenamiento (TF) de acuerdo al siguiente detalle: De peso en gancho:
- Lechón liviano (LL) Reses provenientes de animales con dientes de leche y hasta 15 Kg. Limpios. 12 (doce) módulos.
- Lechón pesado (LP) Reses provenientes de animales con dientes de leche y hasta 40 Kg. Limpios. 18 (dieciocho) módulos.
- Porcino adulto (Cat. 1) (Mayor de 40 y hasta 80 Kg. Limpios) 25 (veinticinco) módulos.
- Porcino adulto (Cat. 2) (Más de 80 y hasta 115 Kg. Limpios) 30 (treinta) módulos.
- Porcino adulto (Cat. 3) (Más de 115 Kg. Limpios) 45 (cuarenta y cinco) módulos.”
Artículo 2º: La Tasa de Faenamiento entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 17 de Diciembre de 2.015, en la XVIII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 24/15.————-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga