VISTO:
La Ley XVI Nº 46 y las Ordenanzas Municipales Nº 963/11, N° 1.030/12; N° 1.292/14, N° 1.136/13, N° 1.370/15; Y N° 1.371/15, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 en su artículo 33, inciso 30 establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe reglamentar y administrar el régimen de la tierra fiscal.
Que, la Ordenanza N° 963/11 establece las condiciones para la adjudicación en venta de las manzanas 3 y 4 (Parcelas 108 y 109) del Paraje de Los Cipreses.
Que, por Ordenanza N° 1.030/12 se adjudican en venta los siguientes lotes:
Parcela 2, Mza 3: al Sr. Amado, Gerardo,
Parcela 10, Mza 3: al Sr. Jaramillo, Oscar
Parcela 5, Mza 4: al Sr. Jaramillo, Rafael
Parcela 9, Mza 3: al Sr. Orias, Carlos
Que, por Ordenanza N° 1.136/13 se anula la adjudicación en venta de la Parcela 5, Mza 4 y Parcela 9, Mza 3.
Que, por Ordenanza N° 1.292/14 se anula la adjudicación en venta de la Parcela 2 de la Mza 3.
Que, por Ordenanza N° 1.371/15 se anula la adjudicación en venta de la Parcela 10, Mza 3.
Que, la Ordenanza N° 1.370/15 aprueba el Orden de Mérito de los nuevos postulantes.
Que, por razones geográficas es necesario reubicar a dos adjudicatarios.
Que, es necesario re adjudicar los lotes mencionados.
Que, se realizó el sorteo público correspondiente.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 19 de noviembre de 2.015, en la XVI Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 20/15.—————
ORDENANZA
Artículo 1º: Reubíquense los adjudicatarios que a continuación se detallan de acuerdo al sorteo realizado ante Escribano Público:
Parcela 2, Manzana 3: Sra. Verónica Queupimil
Parcela 10, Manzana 3: Sr. Marciano Vallejos
Artículo 2°: Re adjudíquese en venta los lotes que a continuación se detallan de acuerdo al sorteo realizado ante Escribano Publico:
Parcela 5, Manzana 4: Sr. Francisco Gajardo, DNI 12.594.032
Parcela 9, Manzana 3: Sr. Ariel Castro DNI 35.693.800
Artículo 3º: Notifíquese a los adjudicatarios a efectos de dar cumplimiento a la firma de los convenios correspondientes.
Artículo 4º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 19 de noviembre de 2.015, en la XVI Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 20/15.—————
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga