VISTO:
Las Ordenanzas N° 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial), la Ordenanza N° 1.100/12 y la solicitud de excepción presentada por el Sr. Orellana, Ernesto Sabino, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 853/09 aprueba como Anexo A el Plan de Desarrollo Territorial, el que establece los parámetros de urbanización y normativa reglamentaria, regulando en el Capítulo VII, Sección 1, Subsección 5 VII. 5 – Condiciones Particulares – para esa zona.
Que, la Ordenanza N° 853/09 establece para la zona un retiro de frente de tres (3) metros.
Que, la Ordenanza 1100/12 es complementaria de la Ordenanza 853/09.
Que, mediante nota, el propietario solicita la excepción a la medida de retiro de frente.
Que, el Cuerpo de Concejales ha analizado la situación.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exceptúese de las medidas mínimas de retiro de frente, a la parcela identificada catastralmente comoEjido 38, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 54, Parcela 8 de acuerdo al anteproyecto que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2°: Establécese que el propietario deberá regularizar la documentación correspondiente con el plano definitivo ante la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento.
Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 22 de octubre de 2.015, en la XIV Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 18/15.——————-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga