ORDENANZA Nº 1.395/15

VISTO:

             Las Ordenanzas N° 853/09 (Plan de Desarrollo Territorial),  la Ordenanza N° 1.100/12 y la solicitud de excepción  presentada por el Sr. Orellana, Ernesto Sabino, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza N° 853/09 aprueba como Anexo A el Plan de Desarrollo Territorial, el que establece  los parámetros de urbanización y normativa reglamentaria, regulando en el Capítulo VII, Sección 1, Subsección 5 VII. 5 – Condiciones Particulares – para esa zona.

Que, la Ordenanza N° 853/09 establece para la zona un retiro de frente de tres (3) metros.

Que, la Ordenanza 1100/12 es complementaria de la Ordenanza 853/09.

Que, mediante nota, el propietario solicita la excepción a la medida de retiro de frente.

Que, el Cuerpo de Concejales ha analizado la situación.

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Exceptúese de las medidas mínimas de retiro de frente, a la parcela identificada catastralmente comoEjido 38, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 54, Parcela 8 de acuerdo al anteproyecto que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo  2°: Establécese que el propietario deberá regularizar la documentación correspondiente con el plano definitivo  ante la  Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento.

Artículo  3°: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo  4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 22 de octubre de 2.015, en la XIV Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 18/15.——————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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