VISTO:
La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas Municipales N° 853/09 y N° 1.100/12 y la solicitud presentada por la Sra. Lorena Gisela Perez, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 853/09 aprueba como Anexo A el Plan de Desarrollo Territorial en el que se establecen los parámetros de urbanización y normativa reglamentaria, regulando en el Capítulo VII, Sección 1, Subsección 5, VII.5 – las Condiciones Particulares para la zona de Barrio Parque.
Que, la Ordenanza N° 853/09 establece para la zona un retiro de frente de cinco (5) metros.
Que, la Ordenanza N° 1.100/12 es complementaria de la Ordenanza N° 853/09.
Que, mediante la nota presentada, la propietaria solicita una excepción a la medida de retiro de frente.
Que, el Honorable Concejo Deliberante analiza la situación planteada.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exceptúese de las medidas mínimas de retiro de frente a la parcela identificada catastralmente como Ejido 38, Circ 1, Sector 1, Mza 75, Parcela 6 de acuerdo al anteproyecto que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2°: Establécese que el propietario deberá regularizar la documentación correspondiente con el plano definitivo ante la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento.
Artículo 3°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 22 de octubre de 2.015, en la XIV Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 18/15.——————-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga