VISTO:
La Ley XVI Nº 46, las Ordenanzas Nº 885/10, Nº 915/10, Nº 931/11, Nº 932/11, Nº 933/11 y Nº 979/11, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 en su artículo 33º inciso 30 establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe reglamentar y administrar el Régimen de la Tierra Fiscal.
Que, la misma Ley en su artículo 53º instituye que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal.
Que, en la Ordenanza Nº 885/10 se crea la Comisión Evaluadora para la selección y adjudicación de los 120 lotes, a la vez que establece el mecanismo de ponderación de los postulantes.
Que, dicha Comisión resolvió la adjudicación de los 120 lotes con servicios a los beneficiarios en el listado que como ANEXO I forma parte de la Ordenanza Nº 933/11.
Que, la Comisión Evaluadora, en cumplimiento de sus funciones analiza la situación de los 120 adjudicatarios y resuelve dar cumplimiento al artículo 14° de la Ordenanza N° 885/10, como así también el artículo 8° de la Ordenanza N° 933/11
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Anúlesela adjudicación en venta del Lote 05 de la Manzana 56, cuyo beneficiario era la Sra. Norma Yolanda Sosa, con D.N.I N° 23.709.046
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 08 de octubre de 2.015, en la XIII Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 16/15.—————
Artículo 2°: Notifíquese a la afectada.
Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 08 de octubre de 2.015, en la XIII Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 16/15.—————
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga