ORDENANZA Nº 1.366/15

VISTO:

             La Ley XVI N° 46,  las Ordenanzas Municipales Nº 853/09 y N° 1.100/12 y la solicitud de las Sras. María Celia Campos y Yasmin Marsiglione, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza Nº 853/09 aprueba el Plan de Desarrollo Territorial.

Que, la Ordenanza N° 1.100/12 es complementaria de la Ordenanza Nº 853/09.

Que, las Sras. María Celia Campos y Yasmin Marsiglione solicitan una medida de excepción para la división de un condominio.

Que, la Parcela a dividir se encuentra en la zona Subrural.

Que, para dicha zona se establece un lado mínimo de 50 m y una superficie de 10.000 m2.

Que, la propiedad no responde a las medidas de lado mínimo.

Que, el Honorable Concejo Deliberante analiza la situación.

POR ELLO:

                         El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Exceptúese de lo establecido en el Plan de Desarrollo Territorial en lo referente a medidas mínimas de lado (Anexo 5 Ordenanza N° 1.100/12) al fraccionamiento de la Parcela 11, Sector 5, Circ 5, Ejido 38 según Plano que como Anexo I forma parte de la presente.  

Artículo 2°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 10 de septiembre de 2.015, en la XI Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 14/15.—————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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