VISTO:
La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas Municipales Nº 853/09 y N° 1.100/12 y la solicitud de las Sras. María Celia Campos y Yasmin Marsiglione, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 853/09 aprueba el Plan de Desarrollo Territorial.
Que, la Ordenanza N° 1.100/12 es complementaria de la Ordenanza Nº 853/09.
Que, las Sras. María Celia Campos y Yasmin Marsiglione solicitan una medida de excepción para la división de un condominio.
Que, la Parcela a dividir se encuentra en la zona Subrural.
Que, para dicha zona se establece un lado mínimo de 50 m y una superficie de 10.000 m2.
Que, la propiedad no responde a las medidas de lado mínimo.
Que, el Honorable Concejo Deliberante analiza la situación.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exceptúese de lo establecido en el Plan de Desarrollo Territorial en lo referente a medidas mínimas de lado (Anexo 5 Ordenanza N° 1.100/12) al fraccionamiento de la Parcela 11, Sector 5, Circ 5, Ejido 38 según Plano que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 10 de septiembre de 2.015, en la XI Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 14/15.—————-
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