VISTO:
La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1043/12, la solicitud del Poder Ejecutivo Municipal, y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Municipal N° 1.043/12 regula la tenencia responsable de canes.
Que, en los Artículos 9° al 15° la Ordenanza define el sistema de patentamiento.
Que, el Poder Ejecutivo Municipal solicita la suspensión del cobro de patente canina a los efectos de realizar una campaña masiva de patentamiento.
Que, los alumnos de 6° año de la Escuela N°1723 “Puerta del Sol” se encuentran abocados a la realización de una campaña de concientización respecto del contenido de la Ordenanza N°1043/12.
.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Suspéndase por el término de sesenta (60) días lo establecido en el Artículo 12° de la Ordenanza N°1.043/12.
Artículo 2°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 27 de agosto de 2.015, en la X Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 13/15.———————-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga