VISTO:
La Ley XVI N° 46, y el Convenio Firmado entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y el Poder Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio firmado tiene por objeto la permuta de bienes inmuebles.
Que, a través del mismo, el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano transfiere a título de permuta a la Municipalidad de Trevelin el inmueble identificado catastralmente como: Manzana 33-Sector 3-Circunscripción 1 del Ejido 38 con cargo a afectación de Reserva Fiscal.
Que, a su vez la Municipalidad de Trevelin transfiere al +Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano a título de permuta el inmueble identificado catastralmente Manzana 44- Sector 3- Circunscripción 1 de Ejido 38 con cargo a la Construcción de Vivienda Sociales.
Que, el Honorable Concejo Deliberante analiza el Convenio.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébese en todos sus términos el Convenio de Permuta de Inmuebles firmado entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y el Poder Ejecutivo Municipal que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º: Elévese al Poder Ejecutivo para su implementación.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido Archívese
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 27 de agosto de 2.015, en la X Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 13/15.———————-
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