ORDENANZA Nº 1.360/15

VISTO:

             La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1087/12, Ordenanza N° 1294/14 y la Solicitud de la Fundación Escuela Bilingüe “Puerta del Sol”, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza N° 1087/12 aprueba el Código Tributario Municipal.

Que, dicho Código en el Capítulo VI del Título III define la Contribución que incide sobre la Construcción de Obras Privadas, estableciendo el pago del Derecho de Construcción.

Que, la Ordenanza N° 1294/14 aprueba como Anexo I el Cuadro Tarifario Impositivo Anual para el periodo fiscal 2.015.

Que, la Fundación Escuela Bilingüe “Puerta del Sol” se encuentra abocada a la construcción del nuevo edificio escolar.

Que, la Fundación solicita la exención de pago de Derecho de Construcción para dicho trámite.

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POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Exceptúese a la Fundación Escuela Bilingüe “Puerta del Sol” de Trevelin, del pago de Derecho de Construcción establecido en el Capítulo VI del Título III del Código Tributario Municipal para la aprobación de los planos correspondientes.

Artículo 2°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 27 de agosto de 2.015, en la X Sesión Ordinaria, registrada bajo acta Nº 13/15.———————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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