“Exceptúa de lo establecido en el Cap. VI-Sección 3-Parcelamientos en el área Rural Productiva (estudio agroeconómico) en P.4, Ch. 5, S.6, C. 4 (Ex Fracción a, Ch. 16 de la Legua 13)”.
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, la Ordenanza N° 853/09 la Ord. 110/12 y la solicitud de los Sres. González, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ord. 853/09 aprueba el Plan de Desarrollo Territorial.
Que, la Ord. 1100/12 es Modificatoria de la antes mencionada.
Que, la Ord. 853/09 en el Capítulo VI-Sección 3-Parcelamientos en el Área Rural Productiva- establece que la medida de superficie mínima será determinada por un estudio agroeconómico.
Que, los Sres. González Esther, González Andrea y González Bernardo solicitan ser exceptuados de dicho requerimiento ya que pretenden resolver el trámite sucesorio del Sr. Gerónimo González.
Que, el Honorable Concejo Deliberante analiza la situación.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Exceptúese de lo establecido en el Capítulo VI-Sección 3-Parcelamientos en el área Rural Productiva-en lo referido a la presentación de un estudio agroeconómico para la determinación de la magnitud de la unidad económica de explotación agraria, al fraccionamiento de la propiedad identificada como: Parcela 4, Chacra 5, sector 6, Circ. 4 (Ex Fracción a, Chacra 16 de la Legua 13).
Artículo 2º: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.