ORDENANZA Nº 1.311/15

“Exceptúa de lo establecido en el Cap. VII del P.D.T. para la zona residencial y servicios en lo referente a medidas mínimas de superficie y lado, a las P.11 y 12 resultantes de la división de la P.1, Mza 42, S.1, C.1, E. 38, propiedad del Sr. José Calvo”.

VISTO:

               Las Ordenanzas Municipales N° 853/09, N° 1.100/12 y la solicitud del Sr. José Calvo, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza N° 853/09  en el Capítulo II de la zonificación, define las zonas de regulación general.

Que, el capítulo VII – Condiciones Particulares para las zonas de regulación general – establece los parámetros urbanísticos de las mismas.

Que, el Sr. José Calvo solicita una excepción a las medidas de superficie y lado para la propiedad identificada catastralmente como Circ. 1, Sector 1, Mza 42, Parcela 1.

Que, el Plan de Desarrollo Territorial establece para la zona residencial y servicios (donde se encuentra la propiedad) una superficie mínima de 312 m2 y un lado mínimo de 12.50 m.

Que, el Honorable Concejo Deliberante analiza la situación.

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Exceptúese de lo establecido en el Capítulo VII del Plan de Desarrollo Territorial para la zona residencial y servicios en lo referente a medidas mínimas de superficie y lado, a las Parcelas 11 y 12 resultantes de la división de la Parcela 1 Mza 42, sector 1, Circ. 1 del Ejido 38 según plano que, como Anexo I, forma parte de la presente.

Artículo 2°: Pase al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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