“Aprueba en todos sus términos el Convenio de ejecución de obra “2ª ETAPA DE PAVIMENTACIÓN CALLE AP- IWAN” firmado entre el Estado Provincial y la Municipalidad de Trevelin”.
VISTO:
La Ley XVI Nº 46, y el Convenio firmado entre la Provincia del Chubut y el Municipio de Trevelin, Y
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza Municipal Nº 1214/14 se aprobó el Convenio para la Ejecución de la Obra de Pavimentación de la calle Ap-Iwan por un monto total de Pesos Dos Millones ($2.000.000.-).
Que, el nuevo Convenio se firma para la culminación de la Obra de Pavimentación de la calle Ap-Iwan.
Que, el Convenio “2º Etapa Pavimentación Calle Ap-Iwan” se firma por un monto total de Pesos cinco millones quinientos mil ($5.500.000.-), cuyo desembolso se realizará en cinco (5) cuotas iguales y consecutivas.
Que, el plazo de obra no podrá exceder los doce (12) meses.
Que, el Honorable Concejo Deliberante analiza el convenio.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébese en todos sus términos el Convenio de ejecución de obra “2ª ETAPA DE PAVIMENTACIÓN CALLE AP- IWAN” firmado entre el Estado Provincial y la Municipalidad de Trevelin , por un monto de pesos cinco millones quinientos mil ($ 5.500.000), que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2°: El Poder Ejecutivo Municipal deberá enviar al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto Ejecutivo de la obra presentado ante la Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos en un término no superior a los 15 dias de promulgada la presente.
Artículo 3°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.