“Anula la adjudicación en venta de la P.2, Mza.3 del Paraje de Los Cipreses a favor del Sr. Gerardo Martin Amado”
VISTO:
La Ley XVI N° 46 y las Ordenanzas N° 962/11y N° 1.030/12, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 en su artículo 33º inciso 30 establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe reglamentar y administrar el Régimen de Tierra Fiscal.
Que, la misma Ley en su artículo 53º instituye que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal.
Que, la Ordenanza N° 962/11 establece en su artículo 10° que se podrá ejecutar el pacto de retroventa por incumplimiento de pago.
Que, el Sr. Gerardo Martín Amado no ha cumplido con el sistema de pago establecido en referencia a la parcela 2 de la Manzana 3 de Los Cipreses.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Anúlese la adjudicación en venta de la Parcela 2 Manzana 3 del Paraje de Los Cipreses a favor del Sr. Gerardo Martin Amado D.N.I. N°: 32.086.101 en incumplimiento del artículo 10° de la Ordenanza N° 962/11.
Artículo 2º: Notifíquese al Adjudicatario dado de baja en los términos de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.