“Adjudica en venta a la Sra. Anabel Tardón, la P. 236, S. 5, C. 5, E. 38”
VISTO:
La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas Municipales N° 1.003/12 y N° 1.234/14 y la solicitud de la Sra. Anabel Tardón, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N°46 en su artículo 33°inc. 30 determina que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la reglamentación y administración de la Tierra Fiscal.
Que, la misma Ley en el artículo 53° establece que corresponde al Concejo Deliberante autorizar la venta de los bienes de la Corporación Municipal.
Que, la Ordenanza N° 1.003/11 regula la adjudicación de la Tierra Fiscal.
Que, la Ordenanza N° 1.234/14 es complementaria de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, la Sra. Anabel Tardón, DNI N° 5.660.305 solicita la adjudicación en venta de la Parcela 236 del Sector 5 de la Circunscripción 5 del Ejido 38 surgida del fraccionamiento de la parcela 206.
Que, el predio en cuestión está registrado a nombre de la Municipalidad de Trevelin.
Que, según consta en la documentación presentada en el Expediente N° 31/13 del Honorable Concejo Deliberante, los señores Ricardo Víctor Chemín y Alberto Jorge Chemín ocuparon desde el año 1947 la fracción Sur-Este del lote 105 del ensanche de la Colonia 16 de Octubre definido como Parcela 206.
Que, de acuerdo a los actos sucesorios, la parcela 206 corresponde en condominio a Anabel Tardón, Melva Tardón, María Eva Tardón, Miriam Tardón, Rolando Tardón, y Fernando Tardón.
Que, como consecuencia de un acuerdo particionario se llevaron a cabo las respectivas mensuras de deslinde y fraccionamiento, con acuerdo de la Municipalidad de Trevelin.
Que, el Plano 25065 (Expte P-756-08) registra la mensura con deslinde y fraccionamiento de la Parcela 206 del Sector 5 de la Circunscripción 5 del Ejido 38 resultando del mismo las Parcelas 230, 231, 232, 233, 234, 235 y 236.
Que, según acuerdo particionario rubricado ante escribano público corresponde a la Sra. Anabel Tardón la parcela 236, con una superficie de dieciocho hectáreas, treinta y dos áreas, cuarenta centiáreas (18 ha, 32 a, 40 ca.)
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Adjúdiquese en venta a la Sra. Anabel Tardón, DNI N°: 5.660.305, la Parcela 236 del Sector 5 de la Circunscripción 5 del Ejido 38 según Plano adjunto que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º: Fíjese el valor de la parcela en pesos ciento veintisiete mil quinientos setenta y ocho ($127.578, 00), resultante del quince por ciento (15%) del promedio de las valuaciones inmobiliarias y restando el uno por ciento (1%) por cada año de ocupación de la tierra adjudicada (Art. 23° Ordenanza N° 1.003/11).
Artículo 3º: Facúltase al Poder Ejecutivo Municipal a firmar el correspondiente convenio de pago según las condiciones de venta establecidas en la Ordenanza N° 1.003/11 con un plazo de hasta 60 meses. Aplíquese una tasa del doce por ciento (12%) anual.
Artículo 4º: La adjudicataria deberá abonar la suma de pesos un mil sesenta ($ 1.060,00) en concepto de gastos administrativos.
Artículo 5º: Facúltese al Poder Ejecutivo Municipal a firmar la correspondiente escritura traslativa de dominio de la parcela adjudicada, para la cual será necesaria la cancelación total del convenio de pago. Los gastos de escritura estarán a cargo de la Sra. Anabel Tardón.
Artículo 6º: Pase al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 7º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.