ORDENANZA Nº 1.274/14

“Exceptúa de lo establecido en el Cap. IV, Sección 1- Punto IV.5 y Punto IV.6 del P.D.T. (retiro de fondo y centro libre de mza.) a la P.9, Mza.44, C.1, S.1; propiedad del Sr. Osvaldo Marcelo Gualchi”.

VISTO:

                La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas N° 853/09 y N° 1.100/12 y la solicitud del Sr. Osvaldo Gualchi, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza N° 853/09 aprueba el Plan de Desarrollo Territorial.

Que, la Ordenanza N° 1.100/12 es complementaria de la Ordenanza N° 853/09.

Que, el Sr. Osvaldo Gualchi solicita una medida de excepción al Plan de Desarrollo Territorial en lo referido a retiro de fondo-centro libre de manzana.

Que, la propiedad del Sr. Gualchi se encuentra en la Zona Residencial y Servicios.

Que, el Plan de Desarrollo Territorial, en el Capítulo IV Subsección 1- Punto 6 establece un retiro de fondo mínimo igual al veinte por ciento (20%) del largo de la parcela y no inferior a cinco metros (5 m).

Que, este Concejo Deliberante analiza la situación.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:                                       

ORDENANZA

Artículo 1º: Exeptúase de lo establecido en el Capítulo IV, Sección 1- Punto IV.5 y Punto IV.6 del Plan de Desarrollo Territorial, en lo referente al retiro de fondo y centro libre de manzana a la parcela identificada catastralmente como Parcela 9, Manzana 44, Circunscripción 1, Sector 1 propiedad del Sr. Osvaldo Marcelo Gualchi D.N.I. N°:13.434.191, según Certificado de Deslinde y Amojonamiento que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2º: Establécese que el propietario deberá regularizar la documentación correspondiente, con el plano definitivo, ante la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Trevelin.

Artículo 3º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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