ORDENANZA Nº 1.270/14

“Suspende lo establecido en el Cap. VI, Sección 2, Punto VI-24.1 (dotación de los servicios de infraestructura de la red de gas natural)”.  

VISTO:

                   La Ley XVI N° 46 y las Ordenanzas N° 853/09 y N° 1.100/12, Y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza N° 853/09 aprueba el Plan de Desarrollo Territorial.

Que, la Ordenanza N° 1.100/12 introduce cambios en la Ordenanza N° 853/09.

Que, el Plan de Desarrollo Territorial, en el Capítulo VI Sección 2 establece las condiciones para la realización de Parcelamientos en las Áreas Urbana y Rural.

Que, en el Capítulo antes mencionado Punto VI-24.1 queda establecido como requisito, entre otros, la dotación de los servicios de infraestructura de la red de gas natural.

Que, según ha informado la empresa Camuzzi Gas del sur, la habilitación del servicio de gas se encuentra supeditada a la construcción del refuerzo del ramal existente.

Que, es facultad del Estado promover y gestionar las obras y la prestación de servicios.

Que, es voluntad de este Concejo Deliberante generar las condiciones para que los vecinos puedan llevar a cabo los trámites administrativos que sean necesarios, en tanto esta situación que les es ajena se resuelva.

POR ELLO:

                        El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Suspéndase lo establecido en el Capítulo VI, Sección 2, Punto VI-24.1 en lo referente a la dotación de los servicios de infraestructura de la red de gas natural hasta tanto se realicen las obras complementarias necesarias que permitan el suministro regular del servicio.

Artículo 2°: La presente suspensión se realiza con el objeto de la gestión de mensuras en loteos y con fines de escrituración.

Artículo 3°: La presente suspensión NO exime al propietario del loteo de la obligación de realización de las obras de infraestructura correspondientes.

Artículo 4º: Pase al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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