“Impone el nombre de “El Maitenal”, al callejón que tiene su inicio en las P.14 y 15, C.5, S. 2 con finalización en el tramo paralelo a la Ruta Provincial N° 71”
VISTO:
La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.250/14 y la nota registrada con el N° 370/14 de este Honorable Concejo Deliberante, Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46 establece que corresponde al Concejo Deliberante entender sobre los espacios públicos.
Que, la Ordenanza N° 1.250/14 establece los criterios para la imposición de nombres a calles, callejones y espacios públicos.
Que, mediante nota N° 370/14, un grupo de vecinos solicitan se imponga nombre a un callejón.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo1º: Impóngase el nombre de “El Maitenal”, al callejón (actualmente conocido como callejón Murphy) que tiene su inicio en las Parcelas 14 y 15 Circunscripción: 5, Sector: 2 con finalización en el tramo paralelo a la Ruta Provincial N° 71, según certificado de deslinde y amojonamiento que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal y a los vecinos del callejón para su conocimiento.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.