“Aprueba en todos sus términos el Convenio Marco celebrado entre la Corporación de Fomento del Chubut (CORFO-Chubut) y la Municipalidad de Trevelin para la donación y aceptación de los inmuebles identificados catastralmente como: L.1, F.f1, Ch: 14, P.4, Mzo. 4 ubicados en el Parque Industrial de la ciudad de Trevelin”.
VISTO:
El Convenio Marco firmado entre la Corporación de Fomento del Chubut (CORFO-Chubut) y la Municipalidad de Trevelin, Y
CONSIDERANDO:
Que, a través de dicho convenio la Corporación de Fomento del Chubut (CORFO-Chubut), cede a favor del Municipio, en carácter de donación, una superficie total de siete mil quinientos treinta y nueve con cuarenta y dos metros cuadrados (7.539,42 m2) destinados a la apertura de calles y ochavas correspondientes a los inmuebles identificados catastralmente como: Lote:1 de la Fracción: f1 Chacra: 14 y Parcela: 4 del Macizo: 4 ubicados en el Parque Industrial de la ciudad de Trevelin, pertenecientes a CORFO, e inscripto en la Matrícula N° (08-38) 76.118 del Registro de la Propiedad Inmobiliaria.
Que, dicha cesión se encuadra en el Anexo A de la Ordenanza N° 853/09, Título II, Capítulo VI, Sección II, Punto 12 de la Municipalidad de Trevelin.
Que, las partes reconocen que dicha donación tiene por finalidad la apertura de calles en el Parque Industrial, para posibilitar el mejoramiento de la transitabilidad y la logística del movimiento propio de dicha zona.
Que, la presente donación queda condicionada a la aceptación por parte de este Honorable Concejo Deliberante.
Que, el Honorable Concejo Deliberante ha analizado dicho Convenio.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco celebrado entre la Corporación de Fomento del Chubut (CORFO-Chubut) y la Municipalidad de Trevelin para la donación y aceptación de los inmuebles identificados catastralmente como: Lote: 1, Fracción: f1, Chacra: 14, Parcela: 4, Macizo: 4 ubicados en el Parque Industrial de la ciudad de Trevelin que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.